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Levantamiento Físico de Inventarios al Cierre del Periodo Fiscal

Mediante el Aviso N° 144/12-2020, la Dirección General de Ingresos de Nicaragua comunica a los contribuyentes sobre la obligación de efectuar el levantamiento de inventario al cierre del periodo fiscal.

Mediante el Aviso N° 144/12-2020, la Dirección General de Ingresos de Nicaragua comunica a los contribuyentes sobre la obligación de efectuar el levantamiento de inventario al cierre del periodo fiscal.

¿A qué Contribuyentes Aplica este Aviso?

Conforme a lo señalado en el citado aviso, los contribuyentes del Régimen General serán quienes tengan la obligación de llevar a cabo el levantamiento de inventario.

¿Cuándo Cierra el Citado Periodo Fiscal?

El cierre fiscal al que se hace referencia finaliza este 31 de diciembre de 2020.

¿Hay Multa por Incumplimiento?

El incumplimiento a este deber es sujeto de sanción o multa que va de ciento treinta (130) a un máximo de ciento cincuenta (150) unidades de multas.

Fuente: DGI Nicaragua Twitter 15/12/20

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