En cuanto a las declaraciones indicadas, estas se dividen en las siguientes:
Declaración Informativa Local
Esta declaración contendrá una descripción de la estructura organizacional de la empresa, actividades y operaciones relacionadas. Asimismo, deberá consignarse la información financiera del contribuyente obligado y de las empresas u operaciones comparables.
Declaración Informativa Maestra
Se deberá consignar en esta declaración información sobre el grupo multinacional, tales como su estructura, descripción de la actividad, intangibles y posición financiera y fiscal.
Declaración Informativa País por País
Dicha declaración informativa país por país proveerá a la Administración Tributaria de información fiscal agregada sobre la distribución global de los ingresos del MNE, sus obligaciones y pago de impuestos así como una lista de sus subsidiarias y de los países en los que estas se localizan, donde reportan su información financiera y bajo qué jurisdicción fiscal se encuentran. Adicionalmente se deberá proveer a la AT de información sobre la principal actividad de negocios de cada miembro del MNE.
Asimismo, respecto a los obligados a esta última declaración, cabe señalar que se encuentran obligados a presentarla las Personas morales a que se refiere el Artículo 32-H, Fracciones I, II, III y IV del Código Fiscal de la Federación (CFF) que celebren operaciones con partes relacionadas, cuando se ubiquen en alguno de los supuestos previstos en los incisos a) y b) del segundo párrafo de la Fracción III del Artículo 76-A de la LISR.
Sean personas morales controladoras multinacionales, para lo cual deberán Respecto a la fecha de presentación de dichas declaraciones estas tendrán que ser presentadas hasta el 31 de diciembre del ejercicio inmediato posterior al de la realización de las operaciones.