Declaración Informativa de Precios de Transferencia
Los contribuyentes que sean alcanzados por el ámbito de la aplicación de las normas de precios de transferencia, deben presentar una “Declaración Informativa de Operaciones entre Partes Relacionadas” también llamada DIOR, ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
En cuanto al contenido de dicha declaración, se deberá especificar entre otros, la identificación del contribuyente, información de la parte relacionada como registro tributario y domicilio, supuestos de vinculación, detalle de las operaciones con partes vinculadas y método de valoración de estas últimas.
La declaración en mención deberá ser presentada de manera anual, teniendo como plazo de presentación los 180 días posteriores a la fecha de cierre. No obstante, cabe considerar que, a partir de la modificación al reglamento, se señala que esta se presentará al momento de realizar la Declaración Jurada de Impuesto sobre la Renta, unificación de ambas declaraciones que será aplicable a partir del ejercicio 2022.
Adicionalmente, con la referida modificación, se ha señalado que se encontrarán obligados a la DIOR también, todos aquellos contribuyentes con los cuales se verifique alguno de los supuestos de vinculación del Artículo 2 del Reglamento, no siendo necesario que hayan realizado en el periodo operaciones con sus vinculadas.