3M vs el IRS: Debate sobre la Sección 482
Con fecha 9 de febrero, el Tribunal Fiscal de EEUU falló recientemente a favor del IRS en el caso de “3M contra la Administración Tributaria” relacionado a precios de transferencia.
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Los Estados Unidos de América fue uno de los primeros países junto a Gran Bretaña que incorporó normas de precios de transferencia desde hace más de ocho décadas, con lo cual sus normas han ido evolucionando con el pasar del tiempo.
Actualmente, la legislación de precios de transferencia en los Estados Unidos ha quedado enmarcada por la Sección 482 del Código Tributario de este país, así como en la Sección 6662. En ese mismo sentido, existe una serie de decisiones judiciales que interpretan la Sección 482, que deben ser considerados para controversias de precios de transferencia.
Asimismo, se encuentran reguladas mediante los Treasury Regulation 1.482, 1.6662, 1,6038A y 1.6038C y las Revenue Procedures N° 99-32, 2015-40, 2015-41, 2007-13 y 2005-46. Se establecen los métodos y reglas de precios de transferencia aplicados a múltiples circunstancias.
En el 2017, se aprobaron nuevas reformas tributarias, las cuales incluyeron algunas en materia de precios de transferencia, esta reforma fiscal se dio mediante la “Ley de Reducción de Impuestos y Empleos”, con la cual se establecieron disposiciones relacionadas a Base Erosion and Anti-Abuse Tax; Foreign Derived Intangible Income; Global Intangible Low Taxed Income y la Sección 250 y 951A de Código de Rentas Internas.
Los precios de transferencia se definen como aquellos precios o valores por operaciones llevadas a cabo entre partes vinculadas, también denominadas transacciones intercompañía.
El principio de Arm’s Length o también denominado, por países de no habla inglesa, como principio de libre o plena competencia, es el pilar que rige los precios de transferencia.
Este tiene como fundamento que los precios pactados entre partes vinculadas se encuentren acorde a valor de mercado.
La legislación de precios de transferencia de los Estados Unidos de América ha adoptado este principio en su Treasury Regulation §1.482-1 al §1.482-9.
En este se señala que, a fin de determinar la real renta imponible de un contribuyente controlado, este deberá seguir el principio o estándar de plena competencia, lo cual se verificará si los resultados de la operación son consistentes con aquellos que hubiesen pactado partes no controladas o independientes.
De acuerdo a la Treasury Regulation §1.482-1(i)(5), se considera parte vinculada o contribuyente controlado a alguno de dos o más contribuyentes que se encuentren, directa o indirectamente, en propiedad o control por los mismos intereses.
Se incluye dentro de la vinculación, al contribuyente que ejerce la propiedad o control de los demás contribuyentes.
Asimismo, el término control comprende a cualquier tipo de este, ya sea directo o indirecto, legalmente exigible o no, y de cualquier manera que se pueda ejercer, lo cual incluye el control que resulta de la conjunción de acciones de dos o más contribuyentes que actúen con un solo objetivo o propósito común.
Por lo cual, según la Treasury Regulation §1.482-1(i)(4) surge una presunción de control si los ingresos o deducciones se han desplazado arbitrariamente.
Los métodos de precios de transferencia en la legislación de la materia en los Estados Unidos se encuentran regulados en los Treasury Reg. §§1.482-3(a), -4(a), -7g) (1), and -9(a).
Los tipos de métodos dependen del tipo de operación a analizar a fin de observar si esta cumple con el principio de Arm’s Length.
De este modo, en caso se trate de transferencia de propiedad tangible, se podrá utilizar alguno de los siguientes métodos:
De acuerdo al Treasury Reg. §§1.482-1(c), el contribuyente elegirá el mejor método para el análisis de su operación con parte vinculada.
El contribuyente que realice operaciones con partes vinculadas deberá contar con documentación que pruebe que los valores pactados se encuentran acorde al principio de Arm’s Length, con la finalidad de ser entregada al Servicio de Rentas Internas o Internal Revenue Service (IRS) cuando este la requiera.
Dicha documentación deberá contener la siguiente información:
Dicha información deberá ser entregada a la IRS hasta los 30 días de requerida.
Asimismo, cabe indicar que se deberá contar con la mencionada documentación para cualquier transacción entre partes relacionadas, ya que la legislación de precios de transferencia en Estado Unidos de América no ha establecido umbrales de excepción.
El régimen de precios de transferencia en los Estados Unidos de América ha incorporado el tercer nivel de documentación para esta materia, planteada por la Acción 13 del Plan BEPS de la OCDE.
De esta manera, el Treasury Reg. § 1.6038-4, señala que toda matriz de un grupo multinacional de los Estados Unidos deberá declarar el Reporte País por País o CbC Report.
No obstante, quedarán exceptuadas de tal declaración si los ingresos anuales del Grupo Multinacional son inferiores a los USD 850,000,000.00, de acuerdo a la Treasury Reg. § 1.6038-4 (h).
Este reporte se deberá presentar mediante Formulario 8975, el cual deberá contener la información de cada una de las entidades del grupo, tales como identificación de estas en cada una de sus jurisdicciones e información financiera y fiscal como los ingresos generados, impuestos pagados o pérdidas acumuladas.
La IRS ha venido implementando guías a fin de tener mejores prácticas en cuanto a precios de transferencia.
Es así que, en el año 2018, esta Administración Tributaria emitió el “Transfer Pricing Examination Process”, el cual proporciona un marco y una guía para la examinación de estos.
Las penalidades por precios de transferencia se encuentran reguladas en la Sección 6662(e)(3) del Código Tributario de los Estados Unidos.
De esta forma, si la IRS observa que los precios pactados entre partes vinculadas no están acorde al principio del Arm’s Length, esta podrá imponer una multa de hasta 20%, en caso el precio sea mayor en un 200% o menor a un 50% del que debió pactarse en base al principio ya mencionado.
Esta multa aumentará a un 40% en caso el precio de transferencia sea un 400% mayor o un 25% menor al de plena competencia.
Sólo se podrá imponer la sanción cuando los precios cumplan con los umbrales antes indicados. No obstante, se podrá eximir de este en la medida de que el contribuyente demuestre una causa razonable o el principio de buena fe para la fijación de dicho precio declarado, lo cual se logrará en base a la documentación señalada anteriormente.
Con fecha 9 de febrero, el Tribunal Fiscal de EEUU falló recientemente a favor del IRS en el caso de “3M contra la Administración Tributaria” relacionado a precios de transferencia.
El Servicio de Impuestos Internos (IRS) de los Estados Unidos busca fortalecer las auditorías de precios de transferencia, asociado a las “empresas cautivas” para el 2023.
Aumentará la cantidad de auditorías de precios de transferencia a raíz de la Ley de Reducción de la Inflación del 2022.
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