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SE MODIFICA RG N° 4.687, DE PD Y BA POR FP, PARA EL RS DE PC

La Administración Federal de Ingresos Públicos (en adelante la AFIP), dispuso que, en relación con el periodo de mayo que ningún pequeño contribuyente seria dado de baja. Dicha medida fue oficializada mediante la Resolución N° 4724/2020 y tiene por finalidad mitigar los daños que ha ocasionado el distanciamiento social obligatorio a los pequeños contribuyentes afectados.

En la legislación actual, los monotributistas (pequeño contribuyente) son dados de baja cuando incurren en el incumplimiento del pago de diez cuotas consecutivas a la administración.

Evidentemente, muchos micronegocios han visto sus actividades paralizadas consecuencia de la crisis sanitaria, por lo que el cumplimiento de pagos dentro de los plazos establecidos puede significar un peligro para dichos obligados, ya que de no contar con liquidez se verán en la necesidad de declararse en bancarrota.

La AFIP preciso que no se realizaran las bajas ocasionadas, en consecuencia, del exceso del máximo establecido para la categoría máxima de cada contribuyente. Cancelando así por el mes de mayo, las exclusiones por cruces sistémicos.

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