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Procedimiento de acceso a la información pública en MINEM

Mediante Resolución Ministerial N°315-2020-MINEM/DM, publicado con fecha 21 de octubre de 2020, se realizan modificaciones al procedimiento N°104 para acceso a la información pública.

Mediante Resolución Ministerial N°315-2020-MINEM/DM, publicado con fecha 21 de octubre de 2020, se realizan modificaciones al procedimiento N°104 para acceso a la información pública, de acuerdo al siguiente detalle:

N° De Orden Nombre del Procedimiento Requisitos
104 Acceso a la información pública creada u
obtenida por la entidad, que se encuentra
en su posesión o bajo su control
1. Solicitud de acuerdo a formato dirigido a funcionario designado por la Entidad para realizar la labor
2.De corresponder indicar número y fecha de comprobante de pago, en caso el pago se haya
efectuado en la entidad. Si el pago se realizó en el Banco de la Nación, adjuntar copia del
comprobante de pago*.* Este requisito se presenta posteriormente al ingreso de la solicitud. La entidad a partir del
sexto día hábil de presentada la solicitud, pone a disposición del ciudadano el costo de
reproducción de la información requerida a cancelar.- Copia (por página)
– CD (por unidad)
– Correo electrónico
Formulario Derecho de Tramitación (S/) Plazo para Resolver Inicio del procedimiento Autoridad Competente Instancia de Resolución de Recursos
Reconsideración Apelación
Formulario 002 0.1
1.0
Gratuito
10 Oficina de
Administración
Documentaria y
Archivo Central
Funcionario
Responsable de
Transparencia y
Acceso a la
Información
Pública
No Aplica Tribunal de Transparencia y
Acceso a la Información
Pública15 días para la presentación
Fuente: El Peruano

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