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Sunat fiscaliza IPNJ y rentas de fuente extranjera

En mérito a la facultad fiscalizadora de la SUNAT, ha iniciado una revisión de forma masiva a determinados contribuyentes, con la finalidad...

En mérito a la facultad fiscalizadora de la SUNAT, ha iniciado una revisión de forma masiva a determinados contribuyentes, con la finalidad de determinar las deudas u obligaciones relativas a las rentas del Impuesto a la Renta.

En base a la función fiscalizadora de la Administración Tributaria, esta puede determinar los tributos a cargo de los contribuyentes y responsables (como representantes legales), por todos los períodos respecto de los cuales no haya prescrito la acción para determinar la obligación tributaria.

Utilizando la base de datos obtenida a partir del programa de amnistía tributaria que se adhirieron las personas naturales en el 2017, donde estas pudieron declarar todas las rentas de fuente extranjeras que contaban hasta el año 2015, la SUNAT ha comenzado a notificar las observaciones que ha detectado. 

De acuerdo a la SUNAT, la Renta de Fuente Extranjera declarada en el 2015, debería generar un rendimiento del 5% cada año, tasa que es el promedio de interés anual aplicado por entidades bancarias del sistema financiero en operaciones en moneda nacional para personas naturales, según la SBS.

Esto significa que, si una persona declaró tener S/ 20 millones en el exterior en el 2015, la Administración espera que en el 2016, este dinero haya generado una rentabilidad de S/ 1 millón. 

En este sentido, a partir de este entendimiento, la SUNAT considera que si la persona declara un importe menor al estimado, se encuentra omitiendo o declarando importes falsos y por lo tanto, debería ser subsanado por el contribuyente. 

Ahora bien, las personas fiscalizadas deben cumplir con los requerimientos que realice SUNAT a efectos de evitar el pago de multas. Entre la información más solicitada por la administración, se encuentran, los comprobantes y medios de pago, estados de cuentas bancarios, documentación adicional que acredite los ingresos, entre otros.

Por lo tanto, se recomienda a las personas que reciban los requerimiento de la SUNAT cumplir con ello, en los plazos establecidos con la finalidad de evitar el pago de multas.

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