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REACTIVACIÓN, OPERACIÓN Y MOVILIZACIÓN DE ALGUNAS ACTIVIDADES

Con fecha 21 de agosto del 2020, se publica en la Gaceta Oficial de Panamá, la Resolución N° 792, mediante la cual se autoriza la reactivación, operación y movilización de algunas actividades a nivel nacional, conforme lo siguiente:

1. FECHA DE REACTIVACIÓN DE ACTIVIDADES

Se ha dispuesto autorizar, a partir del 24 de agosto del 2020, la reactivación, operación y movilización de algunas actividades a nivel nacional, dentro de la estrategia denominada “Ruta hacia la nueva normalidad”.

2. ACTIVIDADES A REACTIVARSE

Las actividades a reactivarse son las siguientes:

  • Bienes raíces, promotoras y empresas de avalúos.
  • Comercio al por mayor.

3. PARÁMETROS A TENER EN CUENTA

Las actividades señaladas deberán ajustarse a lo siguiente:

  • Podrán operar en su horario regular de labores, salvo los días de cuarentena total.
  • Deberán seguir los lineamientos de retorno a la normalidad de las empresas y las Guías Sanitarias para las operaciones post COVID-19, emitidas por el Ministerio de Salud.
  • Proveerán a los trabajadores los implementos de bioseguridad, tales como gel alcoholado, mascarillas, guantes, etc., según los protocolos y normas emitidas por la autoridad sanitaria.

4. ENTRADA EN VIGENCIA

La norma rige desde el 24 de agosto del 2020.

Fuente: La Gaceta

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