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Primera declaración de Precios Transferencia se presentará en Costa Rica

El 13 de septiembre del 2013 se publicó el Decreto N° 37898-H, el cual establece las disposiciones en materia de precios de transferencia. La primera declaración, correspondiente al periodo del impuesto 2015, deberá presentarse, el último día hábil de junio de 2017.

La Ley además establece como una infracción tributaria el incumplimiento en el suministro de información, lo cual se sanciona con una multa de un 2% sobre la cifra de ingresos brutos del infractor. Además, la presencia de inconsistencias en la declaración corresponderá a una sanción de un 1% del salario base por cada registro incorrecto.

Dado lo complejo que puede resultar el preparar la documentación adecuada es recomendable la realización de un Estudio de Precios de Transferencia del periodo 2015 y un análisis preliminar del periodo 2016, de tal manera que las empresas puedan identificar aquellos aspectos que podrían resultar riesgosos de cara a un potencial análisis realizado por la administración.

Fuente: EF Diario El Financiero – Costa Rica

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