Mediante la Resolución No. 804/2020, el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social crea un régimen especial de subsidio por desempleo.
1. SOBRE EL NUEVO RÉGIMEN ESPECIAL DE SUBSIDIO.-
El presente régimen especial de subsidio por desempleo comprenderá a los trabajadores del servicio doméstico, en los siguientes términos:
- Que se amparen al subsidio por desempleo por la causal de suspensión total de actividad entre el 1° de agosto de 2020 y el 31 de octubre de 2020.
- Que se encuentren percibiendo la prestación por subsidio por desempleo por la causal de suspensión de actividad al 1 de agosto de 2020.
- Para el calcular el monto del subsidio, no comprenderá únicamente las correspondientes a la o las actividades de trabajo doméstico amparadas y que se prosigan desempeñando, ni se descontará de dicho monto lo efectivamente percibido por la o las mismas.
- La solicitud de amparo al régimen especial se presentarán ante el Banco de Previsión Social.
2. VIGENCIA.-
La presente resolución es vigente partir del 26 de agosto de 2020.
Fuente: Diario Oficial