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SE ESTABLECEN MEDIDAS PARA DETERMINADOS PRODUCTOS

Mediante el Decreto de Gabinete N° 24, publicado el 21 de julio, el Consejo de Gabinete adiciono una serie de productos como “Sensitivos” y modificó el Arancel Nacional de Importación, con el fin de fortalecer e incentivar la producción agropecuaria nacional, en términos de competitividad, sostenibilidad y equidad en el sector agropecuario y agroindustrial.

PRODUCTOS ADHERIDOS

CÓDIGO   DESCRIPCIÓN
0901.11.10.00.00 – – – Sin beneficiar (Café cereza)
0901.11.20.00.00 – – – Café Pergamino
0901.11.30.00.00 – – – Café Oro
0901.11.90.00.00 – – – Otro
0901.12.00.00.00 – – – Descafeinado
0901.90.00.00.10 – – – Cáscara y cascarilla de café
0901.90.00.00.20 – – – Sucedáneos del café que contengan café
0901.90.00.00.30 – – – Los demás
2101.11.10.00.00 – – – Café instantáneo
2101.11.90.00.00 – – – Los demás
2101.12.10.00.00 – – – Pastas de Café
2101.12.20.00.00 – – – Café Instantáneo
2101.12.90.00.00 – – – Los demás

Modificación de las fracciones del Arancel Nacional de Importación:

CÓDIGO   DESCRIPCIÓN DAI % ITBMS
0901.21.00.00.00 – – – Sin descafeinar 60
2101.11.10.00.00 – – – Café instantáneo 81
2101.12.20.00.00 – – – Café instantáneo 81

VIGENCIA

La normativa entró en vigencia desde el día de su publicación, y surtirá efectos hasta que otra norma la derogue.

Fuente: Gaceta Oficial

 

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