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REDUCEN Y POSTERGAN LA CONTRIBUCIÓN PATRONAL DEL PERIODO JUNIO 2020

Con fecha 08 de julio del 2020, se publica en el Boletín Oficial de la República de Argentina, la Resolución General N° 4757/2020, mediante la cual se dispone sobre las contribuciones patronales con destino al SIPA y reducción y postergación de pago período devengado junio de 2020, conforme a lo siguiente:

REDUCCIÓN DE CONTRIBUCIONES AL SIPA

Los empleadores que resulten alcanzados por el beneficio de reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) correspondientes al período devengado junio de 2020, que tengan como actividad principal declarada, alguna de las actividades afectadas en forma crítica comprendidas en el listado publicado en el sitio “web” institucional ( http://www.afip.gob.ar ), serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “461 – Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”.

BENEFICIO DE POSTERGACIÓN DEL VENCIMIENTO DE PAGO DE CONTRIBUCIONES AL SIPA

Los sujetos cuya actividad principal se desarrolle en lugares bajo Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio o bajo Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio, que no resulten alcanzados por el beneficio de reducción de contribuciones patronales, gozarán del beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al SIPA del período devengado junio de 2020, debiendo realizar el mismo hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se detallan a continuación:

TERMINACIÓN CUIT FECHA
0, 1, 2 y 3 14/09/2020
4, 5 y 6 15/09/2020
7, 8 y 9 16/09/2020

SALDO DE DECLARACIÓN JURADA DETERMINATIVA DE CONTRIBUCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL

El saldo de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social que corresponda ingresar por el período devengado junio de 2020, deberá efectuarse mediante transferencia electrónica de fondos, a cuyo efecto se generará el correspondiente Volante Electrónico de Pago (VEP).

 NUEVOS PLAZOS PARA FACILIDADES DE PAGO AL SIPA

Cabe recordar que existe un régimen de facilidades de pago en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES”, aplicable para la cancelación de las contribuciones patronales con destino al SIPA de los períodos devengados marzo, abril, mayo y junio de 2020, cuyos respectivos vencimientos para el pago han sido prorrogados en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.

En ese sentido, ahora, se podrán adherir  dicho régimen desde y hasta las fechas siguientes, según el período devengado que se regulariza:

  1.  Devengado marzo de 2020: desde el 9 de junio y hasta el 31 de julio de 2020.
  2. Devengado abril de 2020: desde el 1 de julio y hasta 31 de agosto de 2020.
  3. Devengado mayo de 2020: desde el 1 de agosto y hasta el 30 de septiembre de 2020.
  4. Devengado junio de 2020: desde el 1 de septiembre y hasta el 31 de octubre de 2020.

PERÍODOS DEVENGADOS

Se podrá efectuar hasta el 31 de julio, 31 de agosto, 30 de septiembre o 31 de octubre de 2020,  según se trate de los períodos devengados marzo, abril, mayo o junio de 2020, respectivamente, una nueva solicitud de adhesión por las obligaciones que corresponda incluir.

ENTRADA EN VIGENCIA

La norma rige desde el 8 de julio del 2020.

Fuente: Boletín Oficial de República Argentina

 

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