Se publicó el Reglamento del Decreto Legislativo N°1312 el 17 de noviembre 2017, referido a la Presentación de las Declaraciones Juradas Informativas de Precios de Transferencia del Reporte Local, Reporte Maestro y Reporte País por País, precisando la información mínima a consignar en cada reporte.
Al respecto es importante indicar que los contribuyentes que se encuentran obligados a la presentación del Reporte Maestro son los que cumplan las siguientes condiciones:
- formen parte de un grupo, y;
- sus ingresos devengados superan las 20,000 UIT (S/ 81 millones aproximadamente) en el ejercicio gravable.
La declaración jurada informativa Reporte Maestro, debe contener como mínimo la siguiente información:
1.Estructura Organizacional
Un organigrama que ilustre la estructura organizacional legal y la propiedad del capital de los integrantes del grupo, así como la ubicación geográfica y jurisdicción de domicilio o residencia de los mismos y la denominación del grupo.
2.Descripción del negocio o negocios de los integrantes del grupo, indicando:
(i) Principales factores impulsores de los beneficios empresariales.
(ii) Descripción de la cadena de suministro de los cinco (5) principales productos y/o servicios del grupo en términos de ingresos, así como cualesquiera otros productos o servicios que representen más del cinco por ciento (5%) de los ingresos consolidados del grupo. La descripción requerida puede presentarse en forma de gráfico o diagrama.
(iii) Lista y breve descripción de los acuerdos significativos de prestación de servicios entre integrantes del grupo, distintos de los servicios de investigación y desarrollo (I+D), en particular una descripción de las capacidades de los principales centros que presten servicios significativos y de las políticas sobre precios de transferencia para asignar costos de los servicios y determinar los precios a pagar por estos.
(iv) Descripción de los principales mercados geográficos donde se comercializan los productos y/o servicios del grupo que se mencionan en el acápite (ii) del presente numeral.
(v) Análisis funcional en el que se expongan las principales contribuciones a la creación de valor por cada uno de los integrantes del grupo, es decir, las funciones desempeñadas, los riesgos sustanciales asumidos y los activos significativos utilizados.
(vi) Descripción de las principales operaciones de reestructuración empresarial, adquisiciones y retiros de capital invertido que hayan tenido lugar durante el ejercicio al que corresponde la declaración jurada Reporte Maestro.
3. Descripción de la política del grupo en materia de intangibles que contenga lo siguiente:
(i) Descripción general de la estrategia global del grupo en lo que respecta al desarrollo, propiedad y explotación de intangibles, incluyendo la localización de los principales centros de Investigación y Desarrollo (I+D), como de la dirección y administración de la investigación y desarrollo.
(ii) Listado de los intangibles o conjuntos de intangibles del grupo que sean significativos a efectos de precios de transferencia y de las personas, empresas o entidades que sean sus propietarios legales.
(iii) Listado de los acuerdos significativos sobre intangibles celebrados entre personas, empresas o entidades vinculadas, en particular los acuerdos de reparto de costos, los acuerdos de servicios de investigación principal y los acuerdos sobre licencias de uso de intangibles.
(iv) Descripción general de las políticas del grupo sobre precios de transferencia en relación con la investigación y desarrollo (I+D) e intangibles.
(v) Descripción general de las transmisiones relevantes de derechos sobre intangibles efectuadas entre personas, empresas o entidades vinculadas durante el ejercicio al que corresponde la declaración jurada informativa Reporte Maestro, con indicación de las retribuciones correspondientes, las personas, empresas o entidades intervinientes y su jurisdicción de domicilio o residencia.
4. Actividades financieras del grupo
(i) Descripción general del modo en que el grupo obtiene financiamiento, incluyendo los acuerdos significativos de financiación celebrados con partes independientes.
(ii) Identificación de los integrantes del grupo que desempeñen una función de financiamiento centralizada, con indicación del país de constitución y la sede de la dirección efectiva de los mismos.
(iii) Descripción general de las políticas de precios de transferencia del grupo en lo que respecta a los acuerdos de financiación entre partes vinculadas.
5. Posición financiera y fiscal de los integrantes del grupo
(i)Los estados financieros anuales consolidados del grupo correspondientes al ejercicio respecto al cual se presenta la declaración informativa Reporte Maestro, si hubieran sido formulados a efectos de información financiera, regulatorios, gestión interna, tributarios u otros fines.
(ii)Lista y descripción de los acuerdos anticipados de precios de los integrantes del grupo.
[1] Reglamento del Decreto Legislativo N° 1312 publicado por el MEF el 17 de Noviembre 2017