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SUSPENDEN PLAZOS Y TÉRMINOS PARA RESOLVER SOLICITUDES DE PAGO DE OBLIGACIONES.

Mediante el presente acuerdo por el que el instituto para la protección al ahorro bancario suspende los términos y plazos durante la contingencia sanitaria provocada por el COVID-19.

1. TÉRMINO DE SUSPENSIÓN.-

Se suspenden los términos y plazos, por el periodo comprendido desde el 1 de octubre de 2020 y hasta el 29 de noviembre de 2020, inclusive, reanudándose el 30 noviembre de 2020, por lo que no correrán dichos términos y plazos para los efectos de que el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario resuelva las solicitudes de pago de obligaciones garantizadas presentadas.

2. ATENCIÓN DE SOLICITUDES.-

Para la atención de las solicitudes de pago presentadas durante el periodo de suspensión, el término de noventa días, empezará a correr al día siguiente al hábil señalado para la conclusión de la suspensión mencionada.

Los particulares podrán presentar sus solicitudes de pago durante el periodo de suspensión, las cuales se tendrán por recibidas el primer día hábil siguiente a la conclusión de dicho periodo.

3. VIGENCIA.-

El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Fuente: Diario Oficial

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