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Aprueban reuniones a distancia de asociaciones civiles

Mediante la resolución General N° 1/2021, publicada el 5 de enero, la Inspección General de Justicia dispuso que mientras se encuentren vigentes la prohibición, restricción, limitación de circulación y/o de utilización de medios de transporte públicos y/o medidas de aislamiento y/o distanciamiento social, dispuestas por el Poder Ejecutivo, las asociaciones civiles podrán elegir autoridades mediante reuniones a distancia. Para tal acto, se habilitará bajo esta función el “voto nominal”.

Cabe resaltar que estarán exentas aquellas asociaciones que tengan consagrado el voto secreto en su estatuto social y/o reglamentos y que no logren consagrar una lista única de candidatos. Para dichas entidades, se procederá a prorrogar los mandatos de los miembros de los órganos de gobierno de administración y fiscalización.

Adicionalmente, tampoco se considerará aquellas asociaciones con mandatos que se hayan vencido a partir de la entrada en vigencia del DECNU PEN N° 297/2020 y mientras sigan en vigor sus efectos, por el término de ciento veinte días, a partir de la publicación de la presente, lapso prorrogable sucesiva y automáticamente, por idéntico plazo, en caso de subsistir la situación de emergencia sanitaria contemplada en tal norma.

Vigencia

La normativa establece que entrará en vigencia el mismo día de su publicación, 6 de enero, y que apenas entre en vigor la misma, dejarán de tener efecto aquellas disposiciones que contravengan lo estipulado en la misma.

Fuente: Boletín Oficial 06/01/21

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