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NIIF 9 – instrumentos financieros

Todas las entidades que concedan un plazo de crédito por sus facturas comerciales, bajo el esquema de las Norma Internacional de Información Financiera (NIIF N°9 – Instrumentos Financieros).

1. ¿A quienes aplica?

Todas las entidades que concedan un plazo de crédito por sus facturas comerciales, bajo el esquema de las Norma Internacional de Información Financiera (NIIF N°9 – Instrumentos Financieros), deberían contar con un proceso para administración del riesgo crediticio que permita identificar pérdidas de manera oportuna.

2. Requerimientos de la Norma

Los principales párrafos que lo mencionan, son los siguientes:

5.5.1 Una entidad reconocerá una corrección de valor por pérdidas crediticias esperadas sobre un activo financiero que se mide al costo amortizado o al valor razonable.

5.5.3 Con sujeción a los párrafos 5.5.13 a 5.5.16, en cada fecha de presentación, una entidad medirá la corrección de valor por pérdidas de un instrumento financiero por un importe igual a las pérdidas crediticias esperadas durante el tiempo de vida del activo, si el riesgo crediticio de ese instrumento financiero se ha incrementado de forma significativa desde su reconocimiento inicial.

Al realizar la estimación, la entidad debe evaluar si el instrumento financiero ha visto incrementado su riesgo desde el reconocimiento inicial, adicionalmente, deberá evaluar lo que pasará con dicho riesgo en un plazo de 12 meses a partir del momento de evaluación; es decir, a la fecha de los estados financieros.

3. Fases de reconocimiento

El esquema básico de las fases del reconocimiento de deterioro es el siguiente, de menor a mayor deterioro en la calidad crediticia:

NIIF 9 INSTRUMENTOS FINANCIEROS - DETERIORO

Evidencias de deterioro:

Algunos de las siguientes evidencias de deterioro pueden estar presente y por ende una entidad debería reconocer una pérdida por deterioro:

  1. Morosidad, esto es la partida por cobrar se encuentra vencida en el pago del principal e intereses.
  2. Dificultades financieras del deudor.
  3. Quiebra del deudor.
  4. Reestructuración o refinanciamiento, se le otorga al cliente más plazo para que cancele su obligación como consecuencia de dificultades financieras y falta de liquidez.
  5. Cualquier asunto observable que pueda llevarnos a la conclusión de una pérdida de flujo de caja en la partida por cobrar, tales como comportamiento del mercado, tecnología, asuntos legales y económicos.

4. Determinación de un método de estimación

En esencia, la compañía deberá contar con un estudio de deterioro para sus activos financieros en cada ejercicio económico.

Las pérdidas crediticias esperadas se estimará en base a la incobrabilidad futura considerando los siguiente:

  • la experiencia histórica de incobrabilidad;
  • las condiciones macroeconómicas actuales; y
  • las condiciones macroeconómicas para el futuro previsible.

 

La solución práctica permitida por la NIIF 9 para la determinación de las pérdidas esperadas requiere que sea asignada una probabilidad de incobrabilidad estimada, basado en la incobrabilidad histórica de la Compañía aplicado a la totalidad de sus cuentas por cobrar, teniendo en cuenta la agrupación de la cartera de acuerdo con el riesgo.

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