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Normas de operación de libros adicionales o auxiliares electrónicos

Conforme a la reciente publicación en el portal de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), se modifican ciertos aspectos de la Declaración Informativa de Operaciones entre Relacionados (DIOR).

Entre los principales cambios tenemos los siguientes:

·  La declaración del ejercicio fiscal 2017 y en adelante, debe realizarse a través de la Oficina Virtual. Sin embargo, para los periodos anteriores a este, la presentación de la declaración debe ser realizada en la versión 5.1 formato 632.

·  Se actualiza la lista de países no considerados como jurisdicciones con regímenes fiscales, de baja o nula tributación o paraísos fiscales.

·   Modificación en cuanto a la información a declarar, en la cual se deberá registrar las operaciones agrupadas por parte relacionada y por transacción.

·    Inclusión de nuevos códigos para la determinación de las actividades y/o transacciones efectuadas entre las partes consideradas como relacionadas.

·     Se permite informar a la Administración Tributaria sobre la vigencia de un Acuerdo de Precios Anticipados (APA), siendo admisible como método de valoración de Precios de Transferencia.

 

Los errores o datos incompletos en la Declaración Informativa y/o Estudio de Precios de Transferencia serán sancionados con multa de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos, añadiéndose el 0.25% de los ingresos netos declarados en el periodo fiscal anterior, en caso de incumplimiento de información a la Administración Tributaria.

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