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PLAZO ESPECIAL PARA LA PRESENTACIÓN E INGRESO DE LA CONTRIBUCIÓN ESPECIAL

Mediante la Resolución General No. 4800/2020, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha establecido el plazo para la presentación e ingreso de la contribución especial.

1. PLAZO PARA LA OBLIGACIONES ESTABLECIDAS.-

La obligación de presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que recae sobre aquellas entidades cooperativas cuyos cierres de ejercicio operaron entre los meses de noviembre de 2019 y abril de 2020, inclusive, deberá cumplirse hasta el 30 de septiembre de 2020, inclusive.

  • La obligación de ingreso de los anticipos a cuenta de la contribución especial correspondiente a los períodos fiscales 2020 o 2021, cuyo vencimiento se produjo o se producirá entre los meses de mayo y septiembre de 2020, inclusive, y que posean como base para su determinación el monto de la contribución especial determinada por las entidades cooperativas aludidas en el punto anterior, se considerará cumplida en término si el ingreso se efectúa hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:
TERMINACIÓN CUIT FECHA DE VENCIMIENTO
0, 1, 2,y 3 13.10.2020, inclusive
4, 5 y 6 14.10.2020, inclusive
7, 8 y 9 15.10.2020, inclusive

2. VIGENCIA.-

La presente resolución surte efecto a partir del 28 de agosto de 2020.

Fuente: Boletín Oficial

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