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Trato fiscal para contribuyentes de alquileres de inmuebles

Con fecha 27 de julio del 2021, el comentarista Marco Vargas Siles, en la editorial Delfino.CR, señala que existe una desigualdad de trato fiscal en los contribuyentes dedicados al alquiler de propiedades mediante plataformas digitales.

Con fecha 27 de julio del 2021, el comentarista Marco Vargas Siles, en la editorial Delfino.CR, señala que existe una desigualdad de trato fiscal en los contribuyentes dedicados al alquiler de propiedades mediante plataformas digitales.

1. Cotribuyentes de alquileres de bienes inmuebles

Comenta el señalado autor que, la administración tributaria ha iniciado una campaña de fiscalización sobre los contribuyentes inscritos con la actividad económica de alquileres especialmente la actividad 551001 “Alquiler de bienes inmuebles de uso habitacional por periodos inferiores a un mes”, lo anterior con el fin de verificar el cumplimiento del pago de impuesto derivado de rentas de capital, que se declara mediante el formulario D-125. 

2. Normativa relacionada

Se sabe que la Ley 9635, el capítulo XI, reguló sobre los contribuyentes que tienen como actividad económica los alquileres, con posibilidad de tributar el impuesto a las utilidades o rentas de capital si el bien no se encuentra afecto a una actividad lucrativa y cuenta con un colaborador inscrito a la Caja. 

Sin embargo, muchos contribuyentes no realizaron esta gestión y la administración tributaria dejó la dualidad de obligaciones es decir tener que presentar un D-125 y finalmente una declaración de impuesto a las utilidades al finalizar el periodo.

3. Incumplimiento de obligaciones

Sucede que muchos contribuyentes presentaron la declaración de impuesto a las utilidades y no han cancelado mensualmente la renta de capital, el cual ha implicado la imposición de sanciones y multas. 

El comentarista señaló, que fuera de las sanciones que pueden haber, en el fondo se está estableciendo una desigualdad entre agentes económicos con actividades económicas similares. 

4. Promoción de alquileres bajo plataforma digitales

Los agentes económicos inscritos bajo la actividad económica  de alquileres temporales, es decir aquellos que promociona sus propiedades bajo plataformas como AIRBNB, Homeligdays y otras similares, tienen como objetivo ofrecer al turista nacional e internacional la posibilidad de hospedarse en tiempos cortos, y ellos están siendo obligados a presentar un D-125 y pagar el impuesto de rentas de capital.

5. Problema que se presenta

Bajo la normativa vigente, dichos agentes económicos deben cancelar impuesto a pesar de tener que sufrir pérdidas, ante la difícil coyuntura mundial.  Con la implementación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas se está creando una desigualdad afectando sensiblemente aquellas personas dedicadas a esta actividad económica, un contrasentido si la intención es la reactivación económica.

Entonces, no existe una verdadera racionalidad en la afectación fiscal, por lo que genera desigualdades entre los contribuyentes.

Fuente: Delfino 30/07/21

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