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Se prorroga la vigencia de beneficios y exoneraciones tributarias

Mediante la Ley No. 31105, se ha dispuesto prorrogar la vigencia de los diferentes beneficios y exoneraciones tributarias del Impuesto General a las Ventas y otros.

1. Prórroga Establecida

Se ha dispuesto prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2021, la vigencia de la siguientes disposiciones:

  • El Decreto Legislativo No. 783. que aprobó las normas sobre la devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones y diplomáticas y otros.
  • Asimismo, la exoneración del Impuesto General a las Ventas por la emisión de dinero electrónico efectuada por las empresas emisoras de dinero electrónico.
  • Por último, se dispone extender las exoneraciones de los Apéndices I y II del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

Para poder observar cuales son las operaciones que se encuentran en los mencionados apéndices, podrá seguir el siguiente enlace web:

2. Transparencia y Vigencia

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria publica de forma anual, en su Portal de Transparencia, la relación de los sujetos acogidos a los beneficios a que se refiere esta ley; así como los montos del beneficio o exoneración tributaria otorgada por cada beneficiario.

La presente Ley surte efecto a partir del 1 de enero de 2021.

Fuente: El Peruano 04/01/21

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