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El régimen tributario en Honduras

El régimen tributario en Honduras se rige por un sistema que se basa en el principio de la territorialidad de los ingresos tanto en personas naturales o jurídicas.

En este régimen se incluyen los impuestos directos e indirectos y si bien no hay regímenes especiales destinados a la micro o pequeña empresa, sí tienen regímenes especiales en cuanto a materia aduanera.

El presente artículo tiene como finalidad poder dar a conocer los principales aspectos del régimen tributario en Honduras y los regímenes especiales aduaneros.

Impuesto a la Renta sobre Persona Jurídica

De acuerdo a la ley del Impuesto sobre la Renta, éste grava cualquier tipo de ingreso derivado del trabajo, capital o de la combinación de estos.

En caso de la tasa correspondiente para este tipo de personas de acuerdo al artículo 22 de dicha ley es del 25%, la cual es calculada sobre la base imponible. Esta última está constituida por la renta bruta menos las deducciones que permite esta ley.

El impuesto en caso de las personas jurídicas es pagado mediante anticipos trimestrales, cuyo vencimiento se da el 30 de junio, 30 de setiembre y 31 de diciembre, siendo el último pago el que se hace con la declaración correspondiente al 30 de abril de cada año.

Impuesto a los Activos Netos

Las personas jurídicas domiciliadas en Honduras deberán tributar aplicando una tasa del 1% sobre el valor de sus activos netos, que aparecen en la dicha de este menos las deducciones que se permiten por ley.

Impuesto a los empleados y particulares

En este caso se aplicará la retención para aquellas personas naturales que hayan recibido ingresos en un periodo fiscal por un monto superior a L.165.482,06. La tasa aplicable para ello dependerá de una escala progresiva, por lo cual se podrá aplicar tasas del 15% al 25%.

Regímenes Especiales

Honduras tiene distintos regímenes especiales siendo dos de los más importantes el de “Zona Libre de Comercio” (ZOLI) y el de régimen de Importación Temporal (RIT).

Zona de Libre Comercio (ZOLI)

Tiene como objetivo establecer una zona de libre comercio en Honduras, en el cual las empresas se dedican a la exportación.

Para obtener este beneficio se debe solicitar un permiso a la Secretaría de Desarrollo Económico. Entre los beneficios de este régimen se encuentran la exoneración de pago de impuestos arancelarios, internos, de consumo y otros impuestos que podrían gravar la mercancía en zona franca.

Régimen de Importación Temporal (RIT)

Bajo este régimen se busca incentivar las exportaciones en caso de las empresas que no cuentan con algún beneficio por otra ley.

Entre los beneficios de este régimen se encuentran la suspensión de derechos aduaneros y otros impuestos de importación relacionado con materias primas y muestrarios. Asimismo, se exonera del pago del impuesto sobre la renta relacionada a las utilidades que provienen de la exportación de bienes a países no centroamericanos.

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