El 12 de septiembre de 2025, el Consejo Federal de Suiza aprobó el marco jurídico que establece la base legal internacional para el intercambio de información entre jurisdicciones en el contexto del impuesto mínimo global de la OCDE. Esta medida permitirá que los grupos multinacionales presenten sus cálculos fiscales de forma centralizada en una sola jurisdicción, lo que permitirá a las administraciones tributarias verificar su correcta aplicación.
Aunque esta decisión no implica todavía la implementación nacional del impuesto mínimo, el propio Consejo Federal destacó que representa un paso decisivo hacia la cooperación internacional en materia tributaria y un avance clave en la arquitectura global de transparencia fiscal.
Este movimiento refleja la creciente presión hacia una fiscalidad más transparente y coordinada. En un entorno donde las estructuras de financiamiento intragrupo y las políticas de asignación de beneficios tienen un impacto directo sobre la base imponible, el acceso oportuno a información confiable se convierte en un elemento indispensable para las autoridades fiscales y para la prevención de controversias transfronterizas.
Alcance de la medida
El nuevo marco legal permitirá a Suiza intercambiar información fiscal con otras jurisdicciones para respaldar la correcta aplicación del impuesto mínimo global. Este mecanismo no solo busca reducir la carga administrativa para las empresas multinacionales, sino también garantizar que las administraciones tributarias dispongan de herramientas más sólidas para fiscalizar.
En términos prácticos, la medida habilita a que:
- Las empresas multinacionales presenten sus cálculos del impuesto mínimo en una sola jurisdicción, evitando duplicidad de reportes en cada país donde operan.
- Las administraciones tributarias extranjeras reciban la información relevante para verificar los resultados y, de ser necesario, cuestionar discrepancias.
- Se refuerce la confianza mutua entre jurisdicciones al contar con un canal formal y estructurado de cooperación.
- Se facilite la detección de riesgos fiscales, especialmente en lo relativo a estructuras de financiamiento, asignación de beneficios o políticas de precios de transferencia.
No obstante, este esquema no sustituye los controles locales, pero sí permite a los Estados ahorrar recursos al aprovechar la centralización de información y reducir la asimetría en el acceso a datos clave.
Transparencia fiscal y precios de transferencia
La introducción de un estándar global de tributación mínima no puede desvincularse de los mecanismos de precios de transferencia. Los cálculos que determinarán si un grupo alcanza o no el umbral impositivo mínimo dependen en gran medida de cómo se distribuyen los beneficios entre entidades relacionadas, de las condiciones pactadas en transacciones financieras internas y de la correcta valoración de operaciones intragrupo.
En ese sentido, el intercambio de información cobra una dimensión estratégica: permitirá a las administraciones fiscales verificar si las políticas aplicadas por las empresas reflejan condiciones de mercado, evitando que los beneficios se trasladen de forma artificial hacia jurisdicciones de baja tributación. Para los grupos multinacionales, esto supone la obligación de reforzar sus estudios de comparabilidad, justificar los métodos empleados y documentar con mayor rigor cada decisión que afecte la determinación de la renta imponible.
Implicaciones prácticas para multinacionales
Para las empresas, el impacto inmediato radica en la necesidad de fortalecer su cumplimiento tributario. No basta con calcular correctamente la carga del impuesto mínimo; será imprescindible poder demostrar, frente a varias jurisdicciones, la consistencia de las políticas internas que afectan el resultado final. Esto abarca desde la elección de comparables en operaciones financieras hasta la coherencia en los métodos de asignación de beneficios.
Presentar informes en un único país puede reducir costes administrativos y ofrecer cierta certidumbre. No obstante, esto requiere garantizar la calidad del intercambio entre administraciones. No obstante, también puede generar riesgos si los distintos Estados interpretan de manera desigual los datos recibidos o si surgen inconsistencias entre las legislaciones locales y el estándar internacional.
Conclusión
La decisión del Consejo Federal de establecer un marco internacional de intercambio de información en materia del impuesto mínimo global refuerza la tendencia hacia una tributación más coordinada y transparente. Para los grupos multinacionales, la medida anticipa un escenario de mayor escrutinio sobre sus estructuras internas y, en particular, sobre aquellas políticas que inciden en la asignación de beneficios y en la fijación de condiciones financieras intragrupo.
En última instancia, el éxito del impuesto mínimo no depende únicamente de su adopción formal, sino también de la capacidad de los Estados para compartir y utilizar la información de manera eficaz. En este nuevo entorno, la solidez técnica de la documentación fiscal -incluyendo la relacionada con precios de transferencia- será el mejor escudo frente a riesgos de ajustes y sanciones.
Fuente: Swiss Federal Administration