Procedimientos de Acuerdo Mutuo (MAP) en Precios de Transferencia

6 de noviembre de 2025

En el entorno global actual de negocios, las operaciones intragrupo, los precios de transferencia y los ajustes fiscales asociados generan riesgos potenciales de doble imposición, disputas entre jurisdicciones, y litigios extensos. Los Procedimientos de Acuerdo Mutuo («MAP» por su sigla en inglés: Mutual Agreement Procedures) constituyen un mecanismo internacional clave para resolver esos conflictos tributarios, particularmente relevantes cuando se involucran los artículos de precios de transferencia o atribución de beneficios entre partes vinculadas.

En esta publicación, analizamos en detalle qué son los MAP, cuándo y cómo se activan, qué implican para los precios de transferencia, cuál es su marco institucional con la OCDE, cuáles son los retos y tendencias actuales, y qué pueden hacer las empresas para gestionarlos eficazmente.

Marco legal e institucional

Los Procedimientos de Acuerdo Mutuo (MAP) tienen su fundamento en los tratados para evitar la doble imposición (TDT), basados en el Modelo de Convenio de la OCDE sobre la Renta y el Patrimonio. En particular, el Artículo 25 de dicho modelo permite que las autoridades competentes de los países contratantes consulten entre sí para resolver, de manera amistosa, los casos en que la imposición no se ajuste a lo previsto en el convenio.

En el ámbito de los precios de transferencia, el Artículo 9 del Modelo -referido a las Empresas Asociadas- se relaciona directamente con los MAP, especialmente en su párrafo 2, que establece el principio de ajuste correlativo. Este mecanismo busca evitar la doble imposición económica que puede surgir cuando una administración tributaria incrementa los beneficios de una empresa vinculada en su territorio, sin que la otra jurisdicción reduzca en la misma proporción las utilidades de la contraparte. Mediante el MAP, ambas autoridades competentes pueden coordinar y acordar un ajuste simétrico, garantizando que una misma renta no sea gravada dos veces en distintos países.

Asimismo, la Acción 14 del Proyecto BEPS (Base Erosion and Profit Shifting) de la OCDE y el G20 refuerza la efectividad de estos procedimientos, promoviendo su accesibilidad, transparencia y resolución oportuna. Con ello, se busca garantizar que los contribuyentes puedan acceder a un mecanismo eficiente para resolver disputas fiscales internacionales y reforzar la seguridad jurídica en operaciones transfronterizas.

¿Qué es un MAP? Definición y alcance

De acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), un Procedimiento de Acuerdo Mutuo (MAP, por sus siglas en inglés) es «un medio por el cual las autoridades competentes de los Estados contratantes consultan entre sí para resolver disputas relativas a la aplicación de convenios de doble tributación».

En términos prácticos, el MAP constituye un mecanismo de resolución internacional de controversias tributarias, diseñado para garantizar que los contribuyentes no sean gravados de manera contraria a las disposiciones de un tratado fiscal. Este procedimiento puede iniciarse cuando una persona o empresa considera que ha sido, o podría ser, objeto de una imposición indebida o doble por parte de dos jurisdicciones distintas.

Existen dos formas principales de doble imposición:

  • Jurídica, cuando el mismo ingreso es gravado dos veces en cabeza del mismo contribuyente, en distintos países.
  • Económica, cuando dos entidades relacionadas son gravadas por el mismo ingreso dentro del grupo multinacional.

En el ámbito de los precios de transferencia, los MAP adquieren especial relevancia. Esto ocurre, por ejemplo, cuando una autoridad fiscal realiza un ajuste primario (incrementando la renta imponible de una empresa vinculada) y la administración del otro Estado no efectúa el ajuste correlativo o no reconoce que la transacción se haya realizado conforme al principio de plena competencia (Arm’s Length Principle).

En estos casos, el contribuyente puede recurrir al MAP para solicitar que las autoridades competentes de ambos países intercambien información, evalúen la situación de hecho y derecho, y lleguen a un acuerdo conjunto que elimine la doble tributación resultante.

Además, los MAP no se limitan exclusivamente a cuestiones de precios de transferencia. También pueden abarcar controversias sobre la residencia fiscal, la atribución de beneficios a establecimientos permanentes, o la interpretación de disposiciones específicas de los convenios tributarios.

En la práctica, los MAP son un instrumento que refuerza la seguridad jurídica internacional, promueve la cooperación administrativa entre países y fomenta un entorno más predecible para la inversión transfronteriza.

Etapas del proceso MAP

El desarrollo de un Procedimiento de Acuerdo Mutuo suele seguir un conjunto de fases claramente definidas, las cuales aseguran transparencia, debido proceso y coherencia entre las administraciones tributarias involucradas.

1. Presentación de la solicitud

El contribuyente inicia el procedimiento presentando una solicitud formal ante la autoridad competente de su país de residencia o nacionalidad, de acuerdo con los plazos establecidos (por lo general, dentro de los tres años siguientes al acto que originó la controversia).

La solicitud debe estar debidamente sustentada con información técnica, documentación de precios de transferencia y los argumentos que demuestren que la imposición sufrida contraviene el convenio.

2. Evaluación de admisibilidad

Una vez recibida la solicitud, la autoridad competente revisa si el caso cumple con los requisitos formales y materiales para ser admitido. Esta evaluación inicial busca determinar si se trata de una controversia amparada por el tratado y si la reclamación fue presentada dentro del plazo.

Si el caso es aceptado, se comunica la intención de iniciar consultas con la autoridad del otro Estado contratante.

3. Intercambio de información y negociación

En esta fase, las autoridades competentes de ambos países intercambian información relevante y analizan los hechos, los métodos de precios de transferencia aplicados y los fundamentos jurídicos.

El objetivo es llegar a un acuerdo conjunto sobre el tratamiento fiscal que elimine la doble imposición. Este proceso puede implicar reuniones bilaterales, intercambio de documentos técnicos y aplicación del principio de plena competencia conforme a las Directrices de la OCDE.

4. Resolución del caso

Si las autoridades llegan a un entendimiento, se firma un acuerdo mutuo que establece la forma en que se corregirá la situación -por ejemplo, mediante un ajuste correlativo o la eliminación de una carga fiscal duplicada.

Dicho acuerdo es vinculante para las administraciones tributarias, pero su aceptación por el contribuyente puede ser opcional dependiendo de la legislación interna de cada país.

5. Implementación del acuerdo

Finalmente, las administraciones tributarias de ambos Estados ejecutan las modificaciones fiscales necesarias (ajustes en la base imponible, créditos tributarios o devoluciones). La implementación efectiva garantiza que la doble imposición sea eliminada y se restablezca la neutralidad tributaria prevista en el tratado.

Importancia para precios de transferencia

Los MAP son una herramienta clave para mitigar los riesgos inherentes a los precios de transferencia porque:

  • Remiten al principio de plena competencia (arm’s length principle): las autoridades tributarias comparan las condiciones de las operaciones intragrupo con las que se darían entre partes independientes; el MAP ofrece un mecanismo para resolver discrepancias entre jurisdicciones.
  • Evitan la doble imposición: permiten realizar ajustes correlativos cuando una administración incrementa la renta imponible de un contribuyente por un ajuste de precios y la otra aún no ha reflejado ese cambio.
  • Fomentan la certeza fiscal y la confianza empresarial, especialmente en estructuras globales complejas, como servicios compartidos, financiación intragrupo o transacciones con intangibles.
  • Mejoran la coordinación entre administraciones tributarias internacionales, reduciendo la probabilidad de escisión o fragmentación de beneficios y de litigios prolongados.

Estadísticas y tendencias recientes

Según las estadísticas MAP 2024 de la OCDE:

  • El tiempo promedio de resolución para casos de precios de transferencia fue de 30.89 meses, mientras que para otros casos fue de 24.49 meses.
  • El stock de casos iniciados después del 1 de enero de 2016 ascendía a 5 400 aproximadamente, con 2 731 casos nuevos en 2024, 2 385 resueltos y 5 747 en inventario a fin de año.
  • El tiempo promedio para cerrar un caso en la fase bilateral de MAPs para precios de transferencia en 2024 fue de 29.22 meses, mientras que la fase unilateral fue de 10.76 meses.
  • En el inventario post-2016 (casos iniciados el 1 de enero de 2016 o del año de adhesión al Marco Inclusivo), el desglose por antigüedad muestra que al cierre de 2024:
    • 58.3 % de los casos tenían menos de 2 años.
    • 24.8 % tenían entre 2 y 4 años.
    • 10.6 % tenían entre 4 y 6 años.
    • 6.3 % tenían más de 6 años.
  • El reporte también señala que el número de jurisdicciones que no han presentado estadísticas en 2024, a pesar de integrar el Marco Inclusivo, incluye: Congo, Costa de Marfil, Kazajistán y Pakistán.
  • Las estadísticas muestran que los MAP continúan su evolución, aunque hay retos en plazos y en la calidad de las resoluciones.

Retos y buenas prácticas

Retos

  • Largos plazos de resolución, especialmente en casos complejos de precios de transferencia o intangibles.
  • Variabilidad entre jurisdicciones en capacidad técnica, recursos y práctica de negociación.
  • Necesidad de mayor previsibilidad normativa y transparencia procedimental.

Buenas prácticas

  • Preparar la solicitud MAP con documentación robusta (análisis funcional, comparabilidad, impacto financiero).
  • Mantener comunicación temprana con autoridades competentes.
  • Evaluar la adopción de un APA (Advance Pricing Arrangement), simultáneamente o como alternativa preventiva.
  • Coordinar la estrategia de defensa del grupo multinacional de forma centralizada para asegurar consistencia global.

Implicaciones para multinacionales y políticas fiscales

Para las empresas multinacionales, los Procedimientos de Acuerdo Mutuo representan una herramienta clave de gestión de riesgos fiscales internacionales. Su adecuada comprensión y uso permite mitigar el riesgo de doble imposición, evitar sanciones y preservar la certeza jurídica en operaciones transfronterizas. Incorporar los MAP dentro de la estrategia global de precios de transferencia, el cumplimiento tributario y las políticas de auditoría interna resulta esencial. Esto cobra especial relevancia en sectores con alto volumen de transacciones intragrupo o presencia en múltiples jurisdicciones.

Además, el conocimiento práctico de los procedimientos, plazos y criterios de admisibilidad de cada país puede marcar la diferencia entre una resolución eficiente y un proceso prolongado o desfavorable. Las empresas que documentan adecuadamente sus políticas de precios de transferencia y mantienen una comunicación proactiva con las autoridades competentes suelen lograr acuerdos más ágiles y consistentes.

Desde la perspectiva de políticas fiscales internacionales, los MAP constituyen un instrumento de diplomacia tributaria que promueve la cooperación entre administraciones y refuerza la confianza en los convenios para evitar la doble imposición. Al reducir conflictos y asegurar la coherencia en la aplicación de normas internacionales, estos procedimientos favorecen la inversión extranjera directa y fortalecen la integridad del sistema tributario global.

Conclusión

Los Procedimientos de Acuerdo Mutuo (MAP) representan un mecanismo esencial en la gestión de precios de transferencia y la resolución de disputas internacionales. Si bien los avances recientes muestran mejoras en eficacia y cobertura, persisten desafíos en tiempos de resolución, coordinación jurisdiccional y complejidad técnica.

Las empresas que operan globalmente deben contar con asesoría especializada, documentación detallada y una estrategia proactiva para utilizar los MAP de forma eficaz. Comprender y aplicar correctamente los MAP no solo mitiga riesgos fiscales, sino que también fortalece la posición estratégica de las empresas en un entorno tributario global cada vez más exigente.

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