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Precios de Transferencia y sus efectos fiscales

Los precios de transferencia han cobrado importancia para las Administraciones Tributarias debido a la dinámica de los mercados, lo cual ha generado relaciones comerciales importantes entre empresas de distintas jurisdicciones.

Los precios de transferencia han cobrado importancia para las Administraciones Tributarias debido a la dinámica de los mercados, lo cual ha generado relaciones comerciales importantes entre empresas de distintas jurisdicciones. Debido a que la legislación de cada país determina las obligaciones fiscales de sus contribuyentes, así como los incentivos para atraer inversiones, de acuerdo a su entorno económico, es posible que las diferencias en las condiciones establecidas permitan generar beneficios fiscales indebidos, impactando en la recaudación fiscal de los países implicados. En respuesta a esta situación, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), organismo internacional en materia económica, brinda herramientas para proteger la recaudación fiscal, a través de las 15 acciones planteadas en el proyecto BEPS (Erosión de la base imponible y traslado de beneficios).

De acuerdo a lo mencionado, las acciones 8, 9, 10 y 13 del proyecto BEPS plantean lineamientos para prevenir la manipulación de precios entre empresas de distintas jurisdicciones, con cierto grado de relación económica (partes vinculadas o relacionadas), en perjuicio del fisco. Por ejemplo, en una operación internacional entre empresas vinculadas es posible que las partes manipulen el precio, inflando el costo en el país con tasa impositiva elevada, logrando reducir la carga fiscal global. Ante este escenario, la legislación interna de cada país establece ajustes a la base imponible de aquellas transacciones que no se encuentren a valor de mercado, resultando en mayores impuestos para el contribuyente.

La preocupación de las Administraciones Tributarias para combatir el efecto BEPS ha llevado a que los países de la región incorporen en su legislación interna las directrices de la OCDE en materia de precios de transferencia, siendo Paraguay y Brasil los últimos en alinearse a dicho estándar. Cabe indicar que cada país establecerá las condiciones que deben cumplir sus contribuyentes para encontrarse obligado al régimen de precios de transferencia, pudiendo considerar no solo las operaciones con empresas no domiciliadas, sino también empresas locales (en caso existan regímenes con una menor tasa impositiva dentro del país) y/o empresas ubicadas en paraísos fiscales. Es así que, cada jurisdicción establece las multas o sanciones por errores, omisiones y/o incumplimiento de las obligaciones de precios de transferencia, las cuales pueden afectar significativamente la situación económica de una empresa.

Por otro lado, los esquemas de planificación tributaria significan un riesgo latente para las Administraciones Tributarias. Si bien los grupos multinacionales deben considerar la legislación de precios de transferencia en su planificación tributaria, no solo enfocada en garantizar el cumplimiento del principio de plena competencia, sino como parte de la estrategia de expansión del negocio, estos esquemas pueden permitir escenarios de fraude fiscal. Por ello, existe una importante cooperación internacional entre los gobiernos y organizaciones internacionales para luchar contra el fraude fiscal, entre los que se encuentra nuestro país. Asimismo, cabe indicar que algunas Administraciones Tributarias han identificado esquemas de alto riesgo en sus procesos de fiscalización, brindando un catálogo informativo para sus contribuyentes. Teniendo en cuenta que seguirán apareciendo nuevas situaciones que requieran crear mecanismos en el derecho tributario internacional, estos deberán establecer un equilibrio entre las medidas para proteger la recaudación fiscal e incentivos de los contribuyentes en sus operaciones internacionales.

Como medidas para mitigar los efectos fiscales, algunas Administraciones Tributarias permiten realizar acuerdos anticipados, donde se establecen los criterios de la determinación de precios de las operaciones dentro del ámbito de precios de transferencia, brindando certeza a las empresas sobre la posición fiscal de sus transacciones.

Asimismo, debido a que nos encontramos próximos al cierre del ejercicio fiscal 2023, es recomendable mitigar los riesgos mediante un análisis preliminar de precios de transferencia, el cual permitirá evaluar las principales características de las operaciones, siendo posible regularizar documentación de sustento, como la suscripción de contratos. Asimismo, un análisis anticipado permitirá evaluar las funciones, riesgos y activos empleados en las transacciones, lo cual es fundamental para seleccionar el método de evaluación de acuerdo a la documentación y la información disponible. Asimismo, será posible conocer antes del cierre fiscal, los resultados del análisis de precios de transferencia, permitiendo llevar a cabo un ajuste voluntario con el menor impacto para el negocio, contribuyendo a la estabilidad financiera y operativa, lo cual no sería posible si el ajuste es aplicado por la Administración Tributaria.

Finalmente, los efectos fiscales de precios de transferencia deben ser considerados en la planificación fiscal de los grupos locales y multinacionales, siendo que la falta de documentación de sustento o incumplimiento de los lineamientos establecidos pueden dar lugar a penalizaciones que afecten la operatividad del negocio y el crecimiento del mismo.4

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