Desde el pasado, sábado 04 de junio, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó la aprobación de las disposiciones reglamentarias para la efectiva aplicación de la Ley N° 31480, la cual autoriza la libre disposición excepcional, del dinero depositado en la cuenta de Compensación por Tiempos de Servicios de los trabajadores peruanos.
1. Medida excepcional
Al haber sido publicada el sábado 04 de junio, la norma cobra vigencia a partir del día siguiente. Por lo que desde el domingo 05 de junio todos los trabajadores peruanos que tengan fondos en su cuenta CTS podrán realizar un retiro del 100% de estos.
Es importante señalar que, la autorización de la libre disposición se debe a las consecuencias económicas generadas por la crisis causada por la pandemia del Covid-19. A pesar de ello, los trabajadores que consideran retirar sus fondos deben tener en cuenta que la CTS tiene el fin de prever una situación de riesgo originada por el cese de una relación laboral.
A manera coloquial, se puede afirmar que el beneficio expuesto, resulta ser un seguro con el que puede contar un empleado cuando este rompa la relación laboral que mantenga con la empresa en la que se desempeñe.
2. Cobro de la CTS
A fin de agilizar el proceso, las entidades bancarias han establecido procesos sencillos para la gestión del retiro autorizado. Para ello, los trabajadores deberán asistir al cajero o banco donde tengan el dinero y solicitar el retiro o transferencia del dinero.
Asimismo, para el caso de las instituciones financieras que ya cuentan con un aplicativo móvil propio, y que los trabajadores tengan vinculado tanto su cuenta sueldo como CTS, podrán transferirse los montos entre cuentas para ostentarlo todo en un mismo plástico.
3. Plazo de retiro
La normativa señala que, por una única vez y solo hasta el 31 de diciembre del 2023, los trabajadores que son alcanzados por los beneficios establecidos en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650 podrán disponer del 100% de los depósitos efectuados en su cuenta CTS por sus respectivos empleadores.
Fuente: Perú 21 07/06/21