Se publicó el Reglamento del Decreto Legislativo N°1312 el 17 de noviembre 2017, referido a la Presentación de las Declaraciones Juradas Informativas de Precios de Transferencia del Reporte Local, Reporte Maestro y Reporte País por País, precisando la información mínima a consignar en cada reporte.
Al respecto es importante indicar que los contribuyentes que se encuentran obligados a la presentación del Reporte País por País son los que cumplan las siguientes condiciones:
- Ser la matriz del Grupo domiciliada en el País cuando sus ingresos devengados en el ejercicio anterior, según estados financieros consolidados, sean mayores o iguales a S/. 2 700 000 0000.
- Por el contribuyente domiciliado que sea parte de un Grupo multinacional, cuya Matriz No Domiciliada presente ingresos devengados en el ejercicio anterior, según estados financieros consolidados, mayores o iguales a S/. 2 700 000 0000; siempre que cumplan ciertos supuestos.
La declaración jurada informativa Reporte País por País, debe contener como mínimo la siguiente información:
- Información general relacionada al monto de ingresos, pérdidas o ganancias (antes del impuesto) impuesto a la renta pagado y devengado, capital declarado, resultados no distribuidos, número de trabajadores y activos tangibles distintos a efectivo o equivalentes de efectivo, con relación a cada jurisdicción en la que opera el grupo multinacional.
- Identificación de cada integrante del grupo multinacional, señalando la jurisdicción del domicilio o residencia de cada uno de ellos y la jurisdicción con arreglo a cuya legislación se ha constituido, en caso fuera distinta la jurisdicción del domicilio o residencia, así como la naturaleza de la actividad o actividades económicas que realizan.
- Cualquier información o explicación adicional que resulte necesaria o que facilite la comprensión de la información consignada en la declaración jurada informativa Reporte País por País.
Esta declaración jurada contiene la información del ejercicio por el cual se presenta la declaración.
[1] Reglamento del Decreto Legislativo N° 1312 publicado por el MEF el 17 de Noviembre 2017