Con fecha 12 de abril del presente, se publica en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución SBS N° 01158-2022 que dispone que las entidades de desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa – EDIPYME cuentan con plazo hasta el 30 de abril de 2023 para efectuar actos societarios y registrales que resulten necesarios para el cambio de su denominación a Empresas de Créditos.
1. Antecedente normativo
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1531 se reemplazó la denominación de Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa – EDPYME, por la de Empresa de Créditos, disponiéndose que toda referencia contenida en el marco legal vigente a EDPYME o que su redacción la comprenda implícitamente, incluyendo, entre otros, su tratamiento tributario, debe entenderse referida a la Empresa de Créditos del numeral 5 del literal A del artículo 16 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias.
2. Plazo de adecuación
En tal sentido, las Entidades de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa – EDPYME cuentan con plazo hasta el 30 de abril de 2023 para efectuar los actos societarios y registrales que resulten necesarios para el cambio de su denominación a Empresas de Créditos.
3. Entrada en vigencia
La norma rige desde el 13 de abril del presente.
Fuente: El Peruano 12/04/22