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Se reglamenta el Estudio Técnico de Precios de Transferencia

Mediante Resolución N°115/2022, la SET reglamentó el Estudio Técnico de Precios de Transferencia (ETPT).

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) ha emitido la Resolución General N° 115/2022, por la cual se reglamenta el Estudio Técnico de Precios de Transferencia (ETPT) y puntualizó respecto a la forma, plazos y condiciones para su presentación. 

Medida excepcional

Se dispuso, como medida excepcional, que los sujetos obligados que cuenten con cierre del ejercicio fiscal al 30 de abril del 2021 y 31 de diciembre del 2021, podrán dar de alta la obligación relativa al ETPT hasta el 31 de octubre de 2022 sin incurrir en infracción por contravención.  

Asimismo, se podrá presentar dicho informe hasta la fecha señalada en formato digital, por Mesa de Partes de la SET. Por otra parte, los sujetos obligados con cierre de ejercicio fiscal al 30 de abril de 2022 y 30 de junio de 2022 podrán presentar el ETPT correspondiente al ejercicio fiscal 202, también en formato digital, en los plazos ordinarios establecidos en el art. 9° de la Resolución. 

Otras medidas transitorias

En la Resolución, se establece que los documentos probatorios que, desvirtúen la vinculación presuntiva con residentes del extranjero, correspondientes a las operaciones realizadas en los ejercicios fiscales 2021 y 2022, por los contribuyentes que cuenten con cierre del ejercicio fiscal al 30 de abril del 2021, 30 de junio de 2021, 31 de diciembre del 2021, 30 de abril de 2022 y 30 de junio de 2022, deberán ser presentados ante la Mesa de Partes de la SET en formato de documento portátil, conforme al siguiente calendario: 

Cierre del ejercicio fiscal del contribuyente del IRE Mes de presentación
30 de abril de 2021
30 de junio de 2021
31 de diciembre de 2021
Mayo 2022
30 de abril de 2022 Julio 2022
30 de junio del 2022 Setiembre 2022
Fuente: SET 12/04/22

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