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Exoneraciones de impuestos a propietarios de edificios

Normativa sobre exoneraciones de impuestos y tasas a propietarios de edificios patrimoniales con el fin de mantenerlos en buen estado.

Con fecha 17 de marzo del presente, se publicó en el portal web de “Asunción en orden”, sobre el otorgamiento de la Municipalidad de exoneraciones de impuestos y tasas a propietarios de edificios patrimoniales que los mantengan en buen estado. Veamos: 

1. Beneficio de exoneración de impuestos y tasas municipales

Se comenta en el portal web citado que los propietarios de edificios patrimoniales accedan a un beneficio del 100% de exoneración en impuestos y tasas municipales, con el compromiso de invertir en los mismos.  

Así lo establece la Resolución de la Intendencia Municipal N° 207/2022, el cual dispone lo siguiente: 

  1. Que, los inmuebles declarados Bienes Patrimoniales municipales y Bienes de Valor excepcional y que se hallan inscriptos en el Registro de Bienes del Patrimonio Cultural, en conformidad con la Ley Nº 5621/2016, en los casos de las construcciones cuyo grado de preservación sea regular, malo o en ruina, determinados por el Departamento de Patrimonio Cultural de la Ciudad de Asunción, reciban un incentivo tributario para la puesta en valor del bien patrimonial. 
  2. Los propietarios de los bienes culturales materiales, cuyo grado de preservación sea regular, malo o en ruina, podrán beneficiarse con la exoneración del 100% correspondiente a exoneración de impuestos inmobiliarios, a fin de incentivar su puesta en valor de la edificación, invirtiendo en recuperación de su bien cultural patrimonial, hasta que cumpla con los requisitos de conservación de la superficie preservada para acogerse a la exoneración correspondiente. 

3. Propuesta de trabajos y costos por los propietarios

Los propietarios de los bienes culturales deberán presentar una propuesta de los trabajos y los costos, a ejecutarse en el año, firmado por un profesional entendido en la materia, la cual será analizada por el Departamento de Patrimonio Cultural de la Ciudad de Asunción, para su conformidad y su posterior derivación a la Dirección de Recaudaciones. 

Los documentos o las acciones de mejoras a ser introducidas en el año, estarán sujetas a fiscalización y evaluación técnica final, para determinar si se dieron estas, a fin de continuar el beneficio otorgado por el Municipio de la Ciudad de Asunción. 

4. Finalidad de la norma

El objetivo fundamental es atender la gran cantidad de inmuebles catalogados como patrimonio cultural material que se encuentran en un estado de abandono y de peligro para terceros, el bajo porcentaje de los que se encuentran al día con sus tributos y el bajo porcentaje de los contribuyentes que han solicitado la exoneración impositiva para la preservación del bien cultural material que les pertenece. 

Fuente: Asunción en Orden 18/03/22

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