Obligaciones de Precios de Transferencia en Costa Rica: Fechas Clave y Requisitos

13 de febrero de 2025

En Costa Rica, las empresas que realizan transacciones con partes relacionadas deben cumplir con regulaciones específicas en materia de precios de transferencia para garantizar que dichas operaciones se realicen conforme al principio de plena competencia. A continuación, se detallan las principales obligaciones y fechas de vencimiento que las compañías deben tener en cuenta.

Nuevo Proyecto de Resolución MH-DGT-RES-000-2025

El 12 de febrero de este año, la Dirección General de Tributación publicó un aviso en el Diario Oficial La Gaceta, con el objetivo de informar sobre el proyecto de resolución general titulado: «Resolución referente a la Presentación de la Declaración Informativa en Materia de Precios de Transferencia.» El citado proyecto, el cual se encuentra en consulta pública, señala que la obligación de presentar la Declaración Informativa Anual de Precios de Transferencia sea exclusivamente a través de la plataforma electrónica TRIBU-CR, y que este será el único medio autorizado para la recepción de estas declaraciones. Esta nueva implementación forma parte del proyecto «Hacienda Digital para el Bicentenario» y tiene como objetivo mejorar la eficiencia y control tributario mediante tecnologías avanzadas.

Aspectos a tener en cuenta sobre la presentación en TRIBU-CR:

  • Acceso centralizado: La declaración solo podrá realizarse mediante la oficina virtual de la plataforma.
  • Formato actualizado: El formulario estará disponible en TRIBU-CR y podrá actualizarse sin resolución previa, solo con su publicación en el sitio web del Ministerio de Hacienda.
  • Seguridad: El sistema garantiza la trazabilidad y resguardo digital de las declaraciones.
  • Confirmación de envío: Los contribuyentes recibirán acuse de recibo electrónico tras la presentación.
  • Soporte y guías: Instrucciones detalladas estarán accesibles en la plataforma para facilitar el proceso.

En el transitorio de la resolución, se establece que la presentación de la declaración informativa de precios de transferencia del período fiscal 2024, se efectuará 6 meses posteriores a la entrada en vigor de la resolución. A partir de los períodos siguientes, el plazo será de tres meses tras el cierre del período fiscal autorizado. Al momento de la entrada en vigor de la resolución, se derogarán las normativas anteriores DGT-R-44-2016 y DGT-R-28-2017. Cabe destacar que este proyecto aún se encuentra en etapa de observación.

Obligaciones y fechas de vencimiento en Costa Rica

A continuación, se presenta un resumen de las principales obligaciones en materia de precios de transferencia y sus respectivas fechas de vencimiento en Costa Rica:

Obligación Fecha de Vencimiento
Declaración informativa de precios de transferencia Esta suspendido el plazo de presentación, no de cumplimiento. El plazo para presentar la declaración de precios de transferencia vence el último día hábil del mes de junio de cada año
Reporte Local y Reporte Maestro No existe deadline, pero debe ser entregado a la Administración Tributaria cuando sea solicitada.
Reporte País por País (CbC) 31 de diciembre del año siguiente al cierre del periodo fiscal correspondiente.1

Es fundamental que las empresas con operaciones intercompañía tomen en cuenta estas fechas para evitar contingencias fiscales.

Declaración Informativa de Precios de Transferencia

Según la normativa costarricense, las empresas que realicen operaciones con partes relacionadas deben presentar una Declaración Informativa de Precios de Transferencia, esta declaración debe incluir información detallada sobre las transacciones realizadas durante el período del impuesto sobre la renta del año anterior.

Así mismo, la fecha y el medio de presentación de esta declaración será informada por la Administración Tributaria con un mínimo de tres meses de anticipación mediante publicación en la WEB del Ministerio de Hacienda y en un medio de comunicación escrito con circulación nacional. Por lo tanto, los contribuyentes deben conservar la información y estar preparados para presentarla cuando la autoridad lo requiera.

Documentación Comprobatoria (Estudio de Precios de Transferencia)

Además de la declaración informativa, las empresas deben contar con un Estudio de Precios de Transferencia que justifique las condiciones de sus transacciones con partes relacionadas. Este estudio debe incluir:

  • Descripción de las actividades y funciones de la empresa.
  • Lista de activos utilizados en las operaciones vinculadas.
  • Análisis de riesgos.
  • Información del grupo empresarial.
  • Estados financieros ajustados a NIIF.
  • Métodos de precios de transferencia utilizados.
  • Identificación de cada transacción intercompañía.
  • Documentación de respaldo.

Esta documentación debe conservarse por un período de cuatro años, conforme al Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Sanciones por Incumplimiento

El no cumplimiento de estas obligaciones puede resultar en multas significativas. Según la normativa costarricense, la falta de presentación de información solicitada por la Administración Tributaria puede derivar en una multa equivalente al 2% de los ingresos brutos del infractor en el período fiscal anterior, con un mínimo de 10 salarios base y un máximo de 100 salarios base.

Conclusión

El cumplimiento de las normativas de Precios de Transferencia en Costa Rica es un proceso riguroso y complejo, pero fundamental para evitar sanciones y garantizar el cumplimiento tributario. Las empresas deben prestar especial atención a las dinámicas intragrupo que puedan estar sujetas a registro, asegurando una adecuada documentación y presentación de la información dentro de los niveles de requerimientos exigidos. Contar con un soporte sólido no solo permite atender eventuales solicitudes de la Administración Tributaria, sino que también contribuye a mitigar riesgos fiscales y mejorar la transparencia en sus operaciones.

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Fuentes:  https://pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?nValor1=1&nValor2=82445

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