Mediante Comunicado N°01-2021, se señala a los contribuyentes responsables recaudadores del IVA, que conforme al listado “A” de los productos finales exentos, comprendidos en el anexo del Acuerdo Ministerial N°004-2019, emitido por el Ministerio de Hacienda, se encuentran exentos del traslado del IVA:
- Acuarelas y estuches de pinturas.
- Plastilina para entretenimiento de niños.
- Correctores líquidos.
- Borradores.
- Letras para fines educativos.
- Loncheras escolares.
- Mochilas escolares, que no contengan compartimento para máquinas automáticas.
- Cartulina en hojas de 180 gr.
- Cinta masking tape.
- Esferas.
- Mapas.
- Láminas educativas.
- Sacapuntas y tajadores portátiles.
- Compás.
- Abaco.
- Pinceles para la pintura.
- Portaminas.
- Bolígrafos.
El indicado comunicado deja sin efecto el Comunicado N°01-2020 y entra en vigencia a partir de su publicación en la página web de la DGI.
Fuente: DGI Nicaragua Twitter 18/01/21