Con fecha 23 de junio del 2021, se publica en La Gaceta de Costa Rica, el Decreto N° 42923-MTSS, por la cual se reforma el Decreto Ejecutivo N° 42748-MTSS, sobre fijación del salario mínimo para empresas del sector privado.
1. Antecedente Normativo
Que mediante Decreto Ejecutivo N° 42748-MTSS, el Poder Ejecutivo procedió con oficializar la fijación de salarios mínimos para el sector privado.
2. Fijación de Salario Mínimo
Por la presente norma, se reforma el Artículo 1 incisos a) y b) del Decreto Ejecutivo N° 42748-MTSS, “Fijación de Salarios Mínimos para el Sector Privado que regirán a partir del 1° de enero del 2021”, para todas las actividades económicas, en lo que corresponde a las siguientes categorías salariales y que en adelante se lea:
A. Por Jornada Ordinaria Diaria:
Trabajadores en Ocupación No Calificada | ¢10.652,48 |
Trabajadores en Ocupación Semicalificada | ¢11.583,80 |
Trabajadores en Ocupación Calificada | ¢11.843,71 |
Trabajadores en Ocupación Especializada | ¢13.914,32 |
B. Ocupaciones Genéricas por Mes:
Trabajadores en Ocupación No Calificada | ¢319.574,46 |
Trabajadores en Ocupación Semicalificada | ¢343.390,86 |
Trabajadores en Ocupación Calificada | ¢359.544,27 |
Técnicos Medios de Educación Diversificada | ¢376.776,77 |
Trabajadores en Ocupación Especializada | ¢406.010,27 |
Técnicos de Educación Superior | ¢464.335,93 |
Diplomados de Educación Superior | ¢501.500,15 |
Bachilleres Universitarios | ¢568.819,86 |
Licenciados Universitarios | ¢682.607,23 |
3. Inmodificabilidad de Trámites
Que de conformidad con la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos N°8220, su Reglamento DE-37045-MPMEIC y sus reformas, se determina que este Decreto, no establece ni modifica trámites, requisitos o procedimientos que el administrado deba cumplir ante la Administración Central.
4. Entrada en Vigencia
La norma rige desde el 1 de enero del 2021.
Fuente: Portal Imprenta Nacional 23/06/21 Sección: Poder Ejecutivo