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MODIFICAN EL REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA REACTIVA PERÚ

Mediante la Resolución Ministerial N° 199-2020, publicada el 10 de julio, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) realizó una serie de modificaciones al reglamento del programa “Reactiva Perú” con el fin de volverlo más accesible a las empresas de mayor necesidad, y que de esta manera pueda cumplir con su función de mantener activa la cadena de pagos del mercado.

PROCEDIMIENTO ACELERADO DE REFINANCIACIÓN CONCURSAL (PARC)

Entre las novedades del reglamento, se encuentra la habilitación de acceso al programa, a las empresas que se encuentren acogidas bajo el régimen del programa acelerado de refinanciación concursal PARC. Sin embargo, los créditos otorgados por Reactiva, no serán objeto de refinanciación ni reestructuración.

FISCALIZACIÓN

Asimismo, la Cofide (Corporación Financiera de Desarrollo), implementará un sistema de atención de denuncias. En donde, los beneficiarios del programa podrán realizar los reclamos que tengan acerca del incumplimiento de las normas que regulan la operatividad del programa.

Para mayor efectividad, se coordinará directamente con el poder judicial, el Ministerio Público, La Procuraduría General del Estado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos u cualquier otro órgano competente, el acceso a las bases de datos de personas naturales y empresas que se encuentren sometidas ante un proceso de corrupción.

Fuente: El Peruano

 

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