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Lineamientos para la operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares

Mediante el comunicado emitido el 08 de febrero, se presentaron los lineamientos para regir la operación y funcionamiento del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares. Para la difusión y promoción del Programa, podrá hacerse referencia a él como «Programa de Crédito a la Palabra».

Esto se realiza con el objetivo de Contribuir a la permanencia de las actividades productivas de las personas microempresarias, ante la crisis económica derivada de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV2. A través del financiamiento de las microempresas familiares identificadas mediante el Censo de Bienestar, a mujeres solidarias y empresas cumplidas en circunstancias de desaceleración económica derivada de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV2.

1. Criterios de Elegibilidad y Requisitos (Modalidad Microempresa Familiar)

La normativa establece que el Programa están regidos por el principio de igualdad y no discriminación. Este se dividirá en tres modalidades, con criterios de elegibilidad y requisitos específicos:

  • Haber sido registrada o iniciado el trámite de registro en 2020 por la SEBIEN a través de las Delegaciones Estatales, los Centros Integradores y el recorrido en campo por parte de las Personas Servidoras de la Nación;
  • Manifestar tener una microempresa no agropecuaria o, en su caso, ser una persona que trabaja por cuenta propia o una persona prestadora de servicios de acuerdo con la información del Censo del Bienestar, y
  • Contar con un local, establecimiento o instrumento de trabajo.

Adicional a los criterios mencionados con anterioridad, los usuarios deberán Haber atendido la verificación telefónica o presencial, en su caso, que realizará el personal autorizado de la SEBIEN a las potenciales personas beneficiarias, quienes aplicarán una encuesta breve y solicitarán la información siguiente, recopilada por medios electrónicos:

  • Documento de Identificación oficial.
  • Foto del negocio o instrumentos de trabajo.
  • Aceptar el apoyo con un «Sí» a pregunta expresa.

2. Criterios de Elegibilidad y Requisitos (Modalidad Empresas Cumplidas)

Respecto esta elegibilidad los criterios para personas físicas serán;

  • Sean mayores de 18 años.
  • Se encuentren incorporadas en alguno de los regímenes fiscales RIF o RAE activo.
  • Cuando se trate de microempresas en actividades esenciales, haber mantenido al 30 de noviembre de 2020, al menos el promedio de personas empleadas registradas en el IMSS durante los meses de agosto a octubre de 2020.
  • Cuando se trate de microempresas en actividades no esenciales, haber mantenido al 30 de noviembre de 2020 al menos el 85% del promedio de personas empleadas registradas en el IMSS durante los meses de agosto a octubre de 2020.
  • No se encuentren inscritos en el buró de la UDP.
  • No hayan recibido el apoyo económico del programa en el ejercicio fiscal 2020.

Adicionalmente, serán elegibles aquellas personas morales que:

  • Cuenten con un registro activo ante el SAT.
  • Cuando se trate de microempresas en actividades esenciales, haber mantenido al 30 de noviembre de 2020 al menos el promedio de personas empleadas registradas en el IMSS durante los meses de agosto a octubre de 2020.
  • Cuando se trate de microempresas en actividades no esenciales, haber mantenido al 30 de noviembre de 2020 al menos el 85% del promedio de personas empleadas registradas en el IMSS durante los meses de agosto a octubre de 2020.
  • No se encuentren inscritos en el Buró de la UDP.
  • No hayan recibido el apoyo económico del programa en el ejercicio fiscal 2020.

3. Criterios de Elegibilidad y Requisitos (Modalidad Mujeres Solidarias)

Al igual que en los casos anteriores, serán elegibles aquellas personas físicas que cumplan los siguientes criterios de elegibilidad:

  • Sean mujeres;
  • ean mayores de 18 años;
  • Se encuentren incorporadas en alguno de los regímenes fiscales RIF o RAE activo;
  • No se encuentren inscritas en el buró de la UDP, y
  • No hayan recibido el apoyo económico del programa en el ejercicio fiscal 2020.

Respecto los requisitos, estos serán:

  • Registro Federal de Contribuyentes.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Constancia de Situación Fiscal.
  • Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo (32-D) con fecha de emisión no mayor a 3 meses a la fecha de registro de la documentación.
  • Cuenta bancaria a nombre de la persona física que presente la solicitud de conformidad con lo señalado en el portal electrónico MIPYMES MX (https://mipymes.economia.gob.mx/).
  • Firma Electrónica Avanzada (FIEL).
  • Completar la solicitud de apoyo.
  • Ninguna persona microempresaria será elegible para más de una modalidad.
Fuente: Diario Oficial 08/02/21

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