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Importe B Pilar I – Desafíos fiscales de la digitalización

El 8 de octubre de 2021, se publicó la “Declaración sobre el enfoque de dos pilares para abordar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía”.

Antecedentes

El 8 de octubre de 2021, se publicó la “Declaración sobre el enfoque de dos pilares para abordar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía”, en la que se describen los componentes de cada pilar con base en el enfoque acordado por el Marco Inclusivo sobre la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios de la OCDE y el G20 (“Marco Inclusivo sobre BEPS de la OCDE/G20”). En este contexto, uno de los componentes del Pilar 1, denominado “Importe B”, tiene como objetivo simplificar y agilizar la aplicación del principio de plena competencia respecto de actividades básicas de marketing y distribución, con especial atención a las necesidades de para países en vías de desarrollo; cuyo desarrollo se encontraba a cargo del “Grupo de Trabajo No. 6 sobre la Tributación de Empresas Multinacionales” y del “Foro de Procedimientos Amistosos del Foro de Administración Tributaria”, ambos de la OCDE.

Publicación

El 19 de febrero de 2024, el Marco Inclusivo sobre BEPS de la OCDE/G20 hizo público el informe sobre el Importe B del Pilar Uno. Como se ha señalado líneas arriba, su objetivo principal es simplificar y agilizar la aplicación del principio de plena competencia respecto de las actividades de marketing y distribución. El contenido de este informe ha sido integrado a las Directrices de Precios de Transferencia de la OCDE.

Varios países con capacidad limitada han informado que entre el 30% y el 70% de sus disputas de precios de transferencia están relacionadas con actividades básicas de marketing y distribución. Los cambios acordados en las Directrices de Precios de Transferencia de la OCDE permitirán a las jurisdicciones aplicar reglas claras y sencillas a estas actividades, lo que les permitirá asegurar ingresos y preservar valiosos recursos de administración tributaria, proporcionando además certeza adicional a las empresas multinacionales

Alcance

El Importe B establece un marco simplificado para determinar un retorno sobre las ventas para los distribuidores elegibles, basado en los principios existentes en las Directrices de Precios de Transferencia de la OCDE. Se anticipa que esta medida reducirá las disputas de precios de transferencia, los costos de cumplimiento y mejorará la certeza fiscal tanto para las administraciones tributarias como para los contribuyentes, especialmente en jurisdicciones con recursos e información limitada

El informe también presenta dos opciones de implementación para las jurisdicciones interesadas en el enfoque simplificado a partir de enero de 2025. Describe las circunstancias en las que un distribuidor, o incluso productores, se encuentran dentro del alcance del Importe B, así como las actividades, como la distribución de materias primas o bienes digitales, que los excluyen de este enfoque.

Estos esfuerzos están en línea con la Declaración de Resultados de julio de 2023 sobre la Solución de Dos Pilares para Abordar los Desafíos Tributarios Derivados de la Digitalización de la Economía. Además, se han realizado cambios conformes en el Comentario sobre el Artículo 25 del Convenio Modelo de la OCDE sobre Fiscalidad de las Rentas y el Patrimonio, destinados a mejorar la coherencia en los procedimientos de resolución de disputas en todas las jurisdicciones. Estos cambios han sido aprobados por el Marco Inclusivo y serán presentados al Consejo de la OCDE para su aprobación.

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