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¿Rebaja o exención de impuestos a los combustibles?

Se pone en duda si el proyecto de ley para exceptuar temporalmente del pago de los dos impuestos indirectos al combustible, debe ser una exención o una rebaja.

Debido al alza del precio de la gasolina y sus derivados, el Gobierno de Guatemala ha planteado un proyecto de ley que pretende exceptuar temporalmente, del pago de los dos impuestos indirectos del combustible y que repercuten en el precio de los productos de la canasta básica. 

1. Impuesto al combustible

El combustible es un producto que se encuentra doblemente gravado, ya que al impuesto específico como el IDP, se debe agregar el pago del IVA. Asimismo, de forma indirecta, el ISR cuya tasa impositiva es de un 25% sobre el total de las ganancias, amplía la carga. 

2. Controversias por la temporalidad

En la exención propuesta, no establecen la temporalidad de la medida; por lo que resulta ambigua y surgen preguntas respecto a si cada vez que el precio CIF oscile entre menos de Q15.00 o Q15.50, se cobrarán los dos impuestos, y cuando aumente este precio, el impuesto no gravará el consumo de los derivados del petróleo. 

De ser el caso, la exención sería fluctuante y esto generaría incertidumbre e inseguridad jurídica en relación a la temporalidad de la posible modificación. 

3. ¿Rebaja o exención?

En ese sentido, varios países están proponiendo una rebaja de impuestos a los combustibles y no una exención, cuya razón es, principalmente, la posibilidad de que la guerra actual en la Europa Oriental dure más tiempo y lamentablemente, cobre más pérdidas humanas.  

Fuente: La Hora 16/03/22

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