Guatemala se incorpora al Marco Inclusivo de BEPS: lo que esto cambia para sus obligaciones de precios de transferencia 

3 de agosto de 2026

El 12 de enero de 2026, la OCDE anunció que Guatemala se convirtió en el miembro número 148 del Marco Inclusivo OCDE/G20 sobre BEPS (Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios), el tercer país centroamericano en incorporarse a esta plataforma de cooperación fiscal internacional. El Ministerio de Finanzas Públicas de Guatemala confirmó la adhesión al día siguiente mediante un comunicado oficial, calificándola como un hito histórico para el país. La noticia tiene una implicancia técnica directa en materia de Precios de Transferencia que hasta ahora ha recibido poca atención: la membresía obliga a Guatemala a implementar los cuatro estándares mínimos del Plan de Acción BEPS, entre ellos la Acción 13, que establece el estándar de documentación de tres niveles —Reporte Local, Reporte Maestro y Reporte País por País— que hasta ahora el país no exigía en su totalidad. 

Lo que Guatemala se compromete a implementar 

La incorporación al Marco Inclusivo no es una adhesión simbólica: implica el compromiso de implementar los cuatro estándares mínimos del paquete BEPS, que incluyen combatir las prácticas fiscales perniciosas (Acción 5), prevenir el uso abusivo de convenios tributarios (Acción 6), mejorar la transparencia a través del Reporte País por País (Acción 13), y hacer más efectivos los mecanismos de resolución de controversias entre jurisdicciones (Acción 14). De estos cuatro, la Acción 13 es la que tiene el efecto más inmediato y concreto sobre la documentación de precios de transferencia que deberán preparar las empresas con operaciones en Guatemala. 

Por qué esto contrasta con el régimen que existía hasta ahora 

Hasta antes de esta adhesión, Guatemala se distinguía de la mayoría de los países de la región precisamente por no exigir la presentación de un Reporte Maestro ni de un Reporte País por País, limitando sus obligaciones formales de precios de transferencia al análisis y documentación de las operaciones locales con partes relacionadas bajo el Decreto 10-2012. Esa era, hasta ahora, una carga administrativa comparativamente menor frente a países como México, Perú, Colombia o Argentina, que ya exigen los tres niveles completos del estándar de la Acción 13. Con la incorporación al Marco Inclusivo, esa diferencia deja de ser sostenible en el mediano plazo: Guatemala se comprometió expresamente a implementar el estándar mínimo de la Acción 13, lo que en la práctica de otras jurisdicciones que se han incorporado al Marco Inclusivo ha significado la introducción, en un plazo de uno a tres años, de la obligación de presentar el Reporte Maestro y Reporte País por País para los grupos multinacionales que superen los umbrales de ingresos correspondientes. 

Qué deberían anticipar los grupos multinacionales con operaciones en Guatemala 

Para un grupo multinacional que hoy opera en Guatemala bajo el supuesto de que el país solo exige documentación de precios de transferencia a nivel local, la incorporación al Marco Inclusivo es una señal clara de que ese régimen simplificado tiene un plazo de vigencia limitado. La experiencia de otros países centroamericanos que se incorporaron previamente al Marco Inclusivo —y que posteriormente introdujeron sus propios requisitos de Reporte Maestro y País por País, como ha ocurrido recientemente en Costa Rica— sugiere que Guatemala seguirá un camino similar. Los grupos con matriz fuera de Guatemala que ya preparan Reporte Maestro y Reporte País por País para otras jurisdicciones deberían empezar a evaluar si esa misma documentación necesitará adaptarse para responder a un eventual requerimiento formal de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) guatemalteca en el corto o mediano plazo. 

En TPC Group monitoreamos la evolución normativa de Guatemala tras su incorporación al Marco Inclusivo de BEPS, y evaluamos junto a nuestros clientes con operaciones en el país cómo anticipar una eventual ampliación de sus obligaciones de documentación de precios de transferencia hacia el estándar completo de tres niveles de la Acción 13. 

Fuentes: 

LaHora  

OECD  

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