Se establece nueva calificación para los grandes contribuyentes

8 de julio de 2021

Con el propósito de dar un mayor seguimiento a las actividades de las personas físicas y las pequeñas empresas de grupos financieros, la Hacienda modificó su propio criterio de evaluación, por lo que ahora, los sujetos señalados formarán parte de la categoría “Gran Contribuyente Nacional”.

Dicha disposición será de aplicación respecto a la clasificación de las compañías de un mismo conglomerado empresarial; es decir las subsidiarias de un grupo financiero que se dedican a líneas de negocio específicas.

1. Aplicación de la calificación

Como es de público conocimiento, los Grandes Contribuyentes tienen un seguimiento más estricto respecto a sus transacciones económicas, debido a que sus gestiones se realizan por medio de un gestor tributario que facilita la interacción entre el contribuyente y la administración tributaria.

Esto quiere decir que, en adelante, si una pequeña empresa pertenece a un grupo empresarial del sistema financiero, esta verá un cambio en el control fiscal de sus operaciones, por lo que deberá afrontar auditorias fiscales de una manera más recurrente.

2. Criterios aplicables a los Grandes Contribuyentes

Para el caso de evaluación de los Grandes Contribuyentes, las siguientes implicaciones deberán tomarse en cuenta;

  • Presentar el AMPO, donde se actualiza toda la información de trascendencia tributaria y tener estados financieros auditados.
  • Demostrar que los precios a los que compra o vende bienes o servicios con entidades relacionadas sean a valor de mercado al presentar la declaración de los Precios de Transferencia.
  • Ser auditado por parte de la autoridad tributaria con mayor regularidad.
  • Adaptar sistemas contables a los requerimientos específicos para emitir reportes de compras y ventas.

3. Nuevas Clasificaciones

Tomando en consideración lo estipulado en lo enunciado por hacienda, se puede dividir la categorización de los Grandes Contribuyentes de la siguiente manera;

CategoríaDescripción
ALos diez mayores contribuyentes del censo, cinco del sector público y cinco del sector privado y todas las empresas que forman parte de su grupo empresarial.
BLos cinco mayores contribuyentes de los sectores comercio, industria, servicios, y gobierno, no incluidos en la categoría anterior, y las empresas que forman parte de su grupo empresarial.
CLos contribuyentes clasificados como Grandes Contribuyentes Nacionales no incluidos en las categorías anteriores, y las empresas que forman parte de su grupo empresarial.
DLos contribuyentes clasificados como Grandes Contribuyentes Nacionales, no incluidos en las categorías anteriores, en los que no se identificó la vinculación con un grupo empresarial.
EPersonas Físicas.
Fuente: La República 08/07/21

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