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Proyecto de Reforma al Impuesto a las Personas Jurídicas

La reforma busca evitar la desaparición de una PJ morosa, siempre que, se pusiera al día con el pago cuando corresponda.

1. Antecedente

Con fecha 19 de octubre de 2017, se publicó la reforma del transitorio II de la Ley No. 9428, Impuesto a las Personas Jurídicas, la cual tuvo como finalidad evitar la desaparición de una persona jurídica que estuvo morosa por un corto plazo siempre y cuando se pusieran al día con el pago del impuesto correspondiente según el plazo que otorga esta ley. 

2. Contexto y propuesta

La presente normativa se propuso, debido a que la citada ley, no resolvió la problemática sobre la disolución de una persona jurídica, puesto que, aún pagando después de los tres periodos consecutivos el impuesto, igual se aplicaba dicha pena. 

A consecuencia de ello, el trámite para la publicación de la Ley N.° 9485 se agilizó y en el 2017, tuvo mucho éxito, puesto que ameritó que muchas sociedades jurídicas se pusieran en regla y lograran pagar los tributos adeudados sin que ello implica su disolución. 

A pesar del escenario anterior, que resultó muy favorable su aplicación durante el 2017, el escenario actual vuelve a retomar la problemática descrita ya que el transitorio dejó de tener vigencia, por lo que el Registro Nacional ha venido disolviendo sociedades. 

3. Finalidad del proyecto

En esta situación, sigue resultando absurdo que la pena a una persona jurídica sea su desaparición, más aún cuando ha saldado esa deuda y cumple un papel muy activo a favor del desarrollo económico y social del país. 

En este sentido el presente proyecto busca: 

Reformar el transitorio II de la Ley N.° 9428, Impuesto a las Personas Jurídicas, con la finalidad de ampliar hasta el 15 de diciembre de 2022 el plazo para cancelar las sumas adeudadas, entre el 2016 al 2021, por concepto del impuesto a las personas jurídicas, sin que por ello deban cancelar intereses o multas correspondientes, y así evitar el cierre o desaparición de las diferentes sociedades anónimas que se encuentran en esta situación.

4. Modificación normativa

Para leer la modificación normativa completa, puede hacer ir al siguiente enlace web (https://www.imprentanacional.go.cr/gaceta/) y buscarlo en la sección Poder Legislativo (Proyectos de fecha 01.03.2022) 

Fuente: La Gaceta 01/03/22

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