La Autoridad Fiscal de Brasil (Receita Federal do Brasil), con el apoyo de la Unidad de Precios de Transferencia de la OCDE, presentaron los lineamientos del nuevo régimen de precios de transferencia que se implementarán en el país. En ese sentido, se analizarán las principales características para llevar a cabo dicha política.
1. Detalles de la nueva legislación
El principio de plena competencia será la piedra angular de esta nueva legislación, en línea con los estándares de precios de transferencia de la OCDE. Asimismo, se describen los tipos específicos de transacciones y métodos; por lo que será necesario lograr un equilibrio entre el sistema basado en principios, establecidos por la OCDE y el principio de seguridad jurídica de la Constitución brasileña.
Se permitirán los métodos de ganancias transaccionales como el Método de Margen Neto de Transacción (TNMM) y el Método de División de Ganancias. Así como, la utilización de otros métodos como la valoración de intangibles. La determinación dependerá de la disponibilidad de la documentación.
2. Análisis de comparabilidad en Precios de Transferencia
La comparabilidad será un pilar del nuevo sistema, por lo cual la Autoridad Fiscal deberá brindar orientación. También, las nuevas características incluirán la posibilidad de ajustes correlativos, ajustes primarios y ajustes secundarios. Esto es importante, ya que Brasil nunca ha permitido tales ajustes.
Las transacciones de materias primas se probarán bajo la guía de la OCDE, ampliando los ajustes de comparabilidad y con el objetivo de capturar el valor de mercado real de la materia prima. Se proporcionará un análisis DEMPE para la asignación de ingresos y gastos, una definición de intangible a efectos de precios de transferencia, métodos de valoración y orientación sobre el tratamiento de las incertidumbres.
Además, se revisarán las limitaciones actuales a la deducibilidad, actuando como un mecanismo anti-abuso, interactuando con el principio de plena competencia.
3. Servicios intragrupo
Se considerarán los servicios intragrupo, lo cual representa un gran desarrollo. Se establecerán las situaciones en las que un cargo por servicio es apropiado o no. Los que no son apropiados suelen estar relacionados con actividades de los accionistas o un servicio duplicado.
Se pueden utilizar claves de asignación directa o indirecta y se debe considerar “safe harbor” para servicios de bajo valor agregado. Los acuerdos de contribución de costos para investigación y desarrollo y servicios también recibirán una consideración especial, incluida la determinación de una compensación adecuada.
4. Transacciones financieras
También, se considerarán las transacciones financieras. La deducción de intereses sigue una regla básica, normalmente LIBOR (tipo interbancario de oferta de Londres) más 3.5% para la mayoría de los casos.
Por otro lado, otro punto clave es la prevención de disputas, en la cual se autorizará a la “Receita Federal” a celebrar acuerdos anticipados de precios, y como medidas en este sentido se han mencionado los trabajos en curso de determinación del Monto B del Pilar Uno.
En Brasil, no se requiere un Archivo Maestro o un Archivo Local. Esta información se incluye en el archivo SPED (correspondiente a la declaración de impuestos). Estos archivos se requerirán, así como el Informe País por País.
Fuente: Mne Tax 18/04/22