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Bonificación por incapacidad otorgada a los BPO

1. Consulta

Se consulta si, la bonificación mensual por incapacidad otorgada a los beneficiarios de la pensión de orfandad al amparo de lo establecido en el literal b) del artículo 34 del Decreto Ley N.º 20530, se encuentra gravada con el aporte del cuatro por ciento (4%) al Essalud.

2. Análisis

  1. El artículo 3 de la Ley N.° 26790 dispone que son asegurados del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, en calidad de afiliados regulares, entre otros, los pensionistas que perciben pensión de jubilación, incapacidad o sobrevivencia.
  2. Como se aprecia, los pensionistas, incluidos aquellos sujetos comprendidos en el régimen regulado por el Decreto Ley N.º 20530, aportan el 4% de su pensión por afiliación al Seguro Social de Salud (Essalud).
  3. Por otro lado, de acuerdo con lo señalado en el artículo 28 del Decreto Ley N.º 20530, entre las pensiones de sobrevivientes que se otorga se encuentra la pensión de orfandad.
  4. El artículo 34 del citado dispositivo legal, establece que tienen derecho a pensión de orfandad los hijos menores de dieciocho (18) años del trabajador con derecho a pensión o del titular de la pensión de cesantía o invalidez que hubiera fallecido y solo se entregará a hijos mayores de dieciocho (18) años cuando adolecen de incapacidad absoluta para el trabajo desde su minoría de edad o cuando la incapacidad que se manifieste en la mayoría de edad tenga su origen en la etapa anterior a ella, siendo que, en dicho supuesto, tendrán derecho, además de la pensión de orfandad, al pago de una bonificación mensual cuyo monto será igual a una remuneración mínima vital.
  5. En este sentido, la citada bonificación al no tener naturaleza pensionaria, no se encontrará gravada con el aporte del 4% al Essalud.

3. Conclusión

La bonificación mensual por incapacidad otorgada a los beneficiarios de la pensión de orfandad al amparo de lo establecido en el literal b) del artículo 34 del Decreto Ley N.º 20530, no se encuentra gravada con el aporte del 4% al Essalud.

Fuente: SUNAT 24/03/21

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