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Informe de operaciones con sujetos relacionados: formulario 982

Las normas de precios de transferencia en El Salvador datan de hace casi una década, con la incorporación en el año 2009 del Decreto Legislativo N°233 que modifica el Código Tributario de ese país adicionando los artículos 62-A, 124-A, 199-B y 199-C.

El artículo 124-A, en específico, señala las obligaciones formales de precios de transferencia que deberán cumplir ante la Administración Tributaria, los sujetos obligados según la norma, tales como la presentación de un Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados (Formulario 982) y la conservación de documentación que sustente los valores pactados en estas operaciones, en un determinado ejercicio fiscal.

El presente artículo, tiene como finalidad dar a conocer los principales aspectos de la declaración o Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados en El Salvador.

¿Qué es el informe de operaciones con sujetos relacionados?

Es la declaración jurada de precios de transferencia, estipulada en el artículo 124-A del Código Tributario de El Salvador.

¿Quiénes son los sujetos obligados a presentar este Informe?

Se encuentran obligados a presentar el Informe de operación con sujetos relacionados, aquellos contribuyentes domiciliados en El Salvador que hayan realizado en un determinado ejercicio fiscal operaciones con sujetos relacionados o con sujetos domiciliados en paraísos fiscales, siempre que:

  • Las operaciones antes indicadas de manera conjunta o individual deben ser igual o superior a quinientos setenta y un mil cuatrocientos veintinueve dólares ($571,429.00).

¿Cómo se realiza la presentación del Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados?

Se deberá hacer la presentación en línea del informe de operaciones con sujetos relacionados a través del Formulario 982, en su versión 4, el cual puede ser encontrado en la página web del Ministerio de Hacienda eligiendo la opción “Servicio en línea DGII”.

Para ello, deberá entrar a los “Servicios con Clave” y elegir la opción “Declaraciones e Informe en Línea”, en esta podrá elegir el “F-982- Operaciones con Sujetos Relacionados”.

Asimismo, a fin de tener una ayuda para la presentación de este la Dirección General de Impuestos Internos-DGII, ha puesto a disposición un manual de usuario sobre “Especificaciones Técnicas para la Presentación en Línea del Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados”.

¿Cuál es la fecha de presentación del Formulario 982?

Acorde al inciso final del artículo 124 del Código Tributario, la presentación del Formulario 982 deberá realizarse dentro de los tres primeros meses posteriores al ejercicio fiscal a informar.

¿Cuál es la multa por no presentar el Formulario 982?

La sanción por la no presentación del Formulario 982 corresponde al 0.5% sobre el patrimonio o capital contable que señala el Balance, el cual no puede ser menor a 3 salarios mínimos.

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