En Panamá, el régimen de precios de transferencia sigue evolucionando, reforzando las obligaciones para las empresas y ajustando las expectativas en torno a la documentación y el cumplimiento tributario. A medida que las operaciones globales se vuelven más interconectadas, la Dirección General de Ingresos (DGI) pone un énfasis particular en garantizar que las transacciones entre partes relacionadas sean transparentes y acordes con el principio de plena competencia.
Obligaciones Vigentes
Las empresas en Panamá deben cumplir con varias obligaciones clave bajo el régimen de precios de transferencia. Entre ellas, se destacan la presentación del Informe de Precios de Transferencia (Formulario 930) y el Estudio de Precios de Transferencia. El primero de ellos, debe presentarse anualmente dentro de los seis meses posteriores al cierre del año fiscal, mientras que el segundo cuando la DGI lo solicite. Además, toda entidad que forme parte de un grupo multinacional y que resida fiscalmente en Panamá debe presentar un Reporte País por País si sus ingresos consolidados superan los 750 millones de euros.
Nuevas Incorporaciones y Enmiendas Legales
Desde 2019, con la introducción del Artículo 762-L del Código Fiscal, incluso las entidades que disfrutan de una tasa cero de impuesto sobre la renta y que están acogidas bajo regímenes especiales, como Zonas Libres o Zonas Francas, deben adherirse a las normas de precios de transferencia para todas sus operaciones, ya sean locales o internacionales.
Aspectos Sancionatorios y de Fiscalización
La falta de cumplimiento con las obligaciones de precios de transferencia puede resultar en sanciones severas. Además, en caso de transacciones que no reflejen los márgenes de mercado adecuados, la DGI puede realizar ajustes al precio o margen de utilidad, lo cual podría también incluir auditorías adicionales y ajustes en las declaraciones de impuestos.
Acuerdos Anticipados de Precios (APA)
Un desarrollo notable en la legislación panameña es la facilitación de los Acuerdos Anticipados de Precios (APA). Este mecanismo permite a las empresas obtener certeza previa sobre los precios de las transacciones entre partes relacionadas por un periodo específico. La solicitud de un APA debe incluir información detallada sobre las operaciones, la metodología de precios propuesta y otros datos relevantes para garantizar transparencia y conformidad con las normativas fiscales
Conclusiones y Recomendaciones
A la luz de los constantes cambios y la complejidad del entorno fiscal en Panamá, se recomienda a las empresas que operan en múltiples jurisdicciones mantenerse al día con sus obligaciones de precios de transferencia y considerar la asesoría de expertos para navegar las regulaciones de manera efectiva. La implementación correcta de las políticas de precios de transferencia no solo cumple con las exigencias legales, sino que también minimiza riesgos fiscales y potenciales sanciones.
En resumen, las regulaciones de precios de transferencia en Panamá siguen fortaleciéndose, exigiendo a las empresas una mayor diligencia y precisión en su cumplimiento. Con el adecuado entendimiento y manejo de estas normas, las compañías pueden asegurar una operación fiscal eficiente y transparente.