Concepto y Regulación en Honduras
Si bien es cierto, el régimen de Precios de Transferencia en Honduras fue introducido en el año 2011, es recién en el año 2014 que entraría en vigencia, según lo señalado en la Ley de Regulación de Precios de Transferencia publicado mediante Decreto N°232-2011.
En septiembre de 2015, se publica el Acuerdo N°027-2015 el cual Reglamenta la ley de precios de transferencia, en este reglamento se dieron disposiciones acerca de plazo de presentación, metodología a utilizar, entre otros. Por tanto, es a partir de este año en el que los contribuyentes alcanzados en la norma se encuentran obligados a la declaración.
Asimismo, a fines de 2016, se promulgó el Nuevo Código Tributario de Honduras, el cual modifica el Artículo 113 relacionado a precios de transferencia. Se establece que las personas naturales o jurídicas que tengan partes relacionadas dentro del territorio nacional no están sujetas a la presentación del Estudio de precios de transferencia.
El Principio de Plena Competencia en Honduras
El principio de plena competencia o de »Arm’s Length« que regula los precios de transferencia, se fundamenta en que los precios pactados por transacciones realizadas entre partes relacionadas deben estar acorde a valor de mercado, es decir, en base a precios que hubiesen pactado terceros independientes.
El principio de plena competencia se encuentra regulado en el numeral 5 del Artículo 3 de la Ley de Regulación de Precios de Transferencia.
En este, se lo define como aquel en el que las operaciones comerciales entre partes relacionadas se tratan como si éstas fuesen realizadas entre partes independientes.
Ámbito de Aplicación de los Precios de Transferencia en Honduras
De acuerdo al Artículo 2 de la Ley y Reglamento de Regulación de Precios de Transferencia, las normas de precios de transferencia alcanzan a las operaciones llevadas a cabo entre una persona ya sea natural o jurídica residente en Honduras, con sus partes relacionadas y/o aquellas amparadas en Regímenes Especiales que gocen de beneficios fiscales.
Actualización de Clasificación de Contribuyentes
Según el Acuerdo N°SAR-125-2022, publicado en fecha 10 de mayo del 2022, se actualizó la clasificación de los obligados tributarios en las categorías de «Grandes» y «Medianas» empresas.
Para ello, el Servicio de Administración de Rentas (SAR) ha determinado una lista de criterios que fueron considerados para la nueva clasificación de los obligados tributarios, como:
- Recaudación de Tributos Internos.
- Ingresos Brutos Gravados.
- Débito Fiscal en Impuesto Sobre Ventas.
- Importación de Bienes.
- Total Activos.
- Agentes de Retención.
- Variables Estratégicas.
Los obligados tributarios que no se detallen en el acuerdo se categorizarán inicialmente como «Pequeños». Cabe indicar que las disposiciones que entrarán en vigor a partir del 01 de enero del año 2023.
En ese sentido, los contribuyentes que sean reclasificados a «Grandes» o «Medianas» empresas deberán considerar las nuevas obligaciones tributarias, como es el caso de la Declaración Jurada Informativa Anual Sobre Precios de Transferencia.
Definición de Partes Vinculadas en Honduras
Se consideran partes relacionadas o vinculadas, de acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de la Ley, a los siguientes:
- Participación directa o indirecta, en la dirección, control o capital por parte de una persona natural o jurídica en la otra. Ello llega, incluso si la participación es ejercida a través de un vínculo o relación de parentesco de la persona natural.
- Similitud de personas en común que participen de la forma señalada en el párrafo anterior, en ambas empresas.
- Una persona natural o jurídica domiciliada en el territorio nacional, respecto a su establecimiento permanente en el extranjero.
- El EP en territorio nacional, respecto a su casa matriz en el extranjero.
- La persona domiciliada en el país en relación al agente, distribuidor que goce de exclusividad.
- Cuando se acuerden cláusulas contractuales que sean de mayor beneficio, respecto a las otorgadas a terceros independientes en igualdad de condiciones.
- Cuando exista dependencia financiera derivados de un Acuerdo de actuación conjunta.
- Se realicen transacciones con partes constituidas en un país o territorio de baja o nula imposición tributaria, denominado paraíso fiscal.
Asimismo, el Artículo 12 del Reglamento de Regulación de Precios de Transferencia señala que se entiende por participación en la dirección, control o capital cuando se dé alguna de las siguientes situaciones:
- Se posee más del 50% del capital, de manera directa o indirecta.
- Puede influir en las decisiones comerciales de la empresa.
Metodología de Precios de Transferencia en Honduras
De acuerdo al Artículo 8 de la Ley de Regulación de Precios de Transferencia y al artículo 23 del Reglamento de la Ley de Regulación de Precios de Transferencia, a fin de poder determinar si el valor de las operaciones entre partes relacionadas se encuentra acorde al principio de plena competencia, se ha establecido seis métodos los cuales se detallan a continuación:
- Método del Precio Comparable No Controlado (Comparable Uncontrolled Price Method ó CUP en inglés)
- Método del Precio de Reventa (Resale price method o RPM)
- Método del Costo Adicionado (CA)
- Método de Reparto de Utilidades
- Método del Margen Neto de la Transacción (MNT)
Cabe señalar que la norma señala «métodos alternativos aplicables«, con lo cual faculta al contribuyente pueda utilizar otro método distinto a los ya enunciados, siempre que se demuestre que no se pueden aplicar estos de manera razonable y el método alternativo esté acorde al principio de libre competencia.
Asimismo, en cuanto a la elección del método, este deberá ser el más apropiado a las circunstancias específicas de la operación.
Análisis de Comparabilidad en Honduras
A fin de poder analizar si una operación es comparable, el Artículo 19 del Reglamento de la Ley de Regulación de Precios de Transferencia señala ciertos factores de comparabilidad como:
- Las características de las operaciones de bienes o servicios.
- Las funciones, activos y riesgos asumidos por cada parte en la operación.
- Los términos contractuales que rigen la transacción.
- Las circunstancias económicas.
- Las estrategias empresariales y comerciales.
Declaración de Precios de Transferencia en Honduras
De acuerdo al Artículo 17 de la Ley de Regulación de Precios de Transferencia, los contribuyentes dentro del ámbito de aplicación de los precios de transferencia deberán presentar junto a su Declaración de Impuestos, la declaración jurada de precios de transferencia a la Dirección Ejecutiva de Ingresos.
Asimismo, el Artículo 30 del Reglamento de la Ley de Regulación de Precios de Transferencia señala los obligados a presentar dicha declaración:
- Personas naturales o jurídicas que tengan transacciones con partes vinculadas, cada vez que los primeros sean medianos o grandes contribuyentes. Cabe señalar que según instructivo de llenado de la declaración sólo declararán aquellos que superen los 250, 000 dólares americanos por operaciones inter-company.
- Personas naturales o jurídicas que realicen operaciones con partes relacionadas que estén bajo regímenes especiales que gocen de beneficios tributarios.
- Personas naturales o jurídicas que tengan transacciones comerciales con partes vinculadas o con empresas que tengan domicilio en los denominados paraísos fiscales.
- Personas, tanto naturales o jurídicas, que realicen operaciones con partes relacionadas cuyo monto acumulado sea superior al que indique la Administración Tributaria. El cual según Instructivo de la declaración sería un millón de dólares americanos en el ejercicio fiscal y será para pequeños contribuyentes.
Respecto al plazo de presentación, el Artículo 31 del Reglamento de la Ley de Regulación de Precios de Transferencia señala que este dependerá del cierre de periodo fiscal de cada contribuyente, de esta manera aquellos que tengan como cierre el 31 de diciembre tendrán que presentarla del 1 de enero al 30 de abril del año siguiente.
En caso se trate de contribuyentes con periodos fiscales especiales se deberá presentar a más tardar dentro de los 3 meses siguientes al cierre del periodo fiscal.
Documentación de Precios de Transferencia en Honduras
Los contribuyentes deberán contar con la documentación que sustente el análisis de las operaciones realizadas con partes vinculadas ante un posible requerimiento de la Administración Tributaria.
Sanciones por Incumplimiento de los Precios de Transferencia en Honduras
De acuerdo al Artículo 35 del Reglamento de la Ley de Regulación de Precios de Transferencia, se estipulan infracciones específicas relacionadas al incumplimiento de normas de precios de transferencia, tales como:
- No aportar o aportar datos falsos en las declaraciones o documentación requerida por la Administración Tributaria, la cual se sanciona con 10,000 dólares americanos pagaderos en Lempiras.
- Declarar una base imponible inferior por una valoración no acorde al principio de plena competencia, cuya sanción corresponderá a una multa del 15% del valor del ajuste, en caso se haya cometido conjuntamente con la infracción anterior la multa ascenderá al 30% o 20,000 dólares.
- Tómese en cuenta que, ante cualquier acción contraria a la Ley de Regulación de Precios de Transferencia, esta se sancionará con una multa de 5,000 dólares pagaderos en Lempiras.