Mediante la Resolución No. 1174/2021, la Dirección General de Ingresos prorroga el plazo para informar todas las soluciones de software que integran sus procesos de facturación y/o conservación de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE), identificando al proveedor de cada una de ellas.
1. Antecedentes Normativos
A inicios de febrero del presente año, mediante la Resolución Núm. 168/021, la DGI dispuso la obligación de informar a los emisores electrónicos respecto a los comprobantes fiscales electrónicos.
Asimismo, de acuerdo a la Guía Práctica del Administrador, la citada resolución estableció que los emisores electrónicos, deberán informar a DGI todas las soluciones de software que integran sus procesos de facturación y/o conservación de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE), identificando al proveedor de cada una de ellas.
La mencionada información deberá presentarse en el portal e-Factura del sitio Web de la DGI en la opción “Actualización de datos”.
Sobre los plazos, se dispuso por un lado que una vez adquirida la calidad de emisor electrónico, de producirse modificaciones en la información declarada en el momento de la postulación o como emisor, las mismas se comunicarán hasta el segundo mes siguiente de producidas; por otro lado, quienes hubieran adquirido la calidad de emisores electrónicos con anterioridad a la entrada en vigencia de la mencionada resolución, deberán presentar la información en el mes de julio de 2021.
2. Prórroga
En mérito a que se cumpla de la mejor manera posible, las obligaciones mencionadas, se dispone que como plazo de presentación de información hasta el 30 de septiembre de 2021.
3. Vigencia
La presente resolución surte efecto a partir del 2 de agosto de 2021.
Fuente: Diario Oficial 02/08/21