Con fecha 30 de marzo del 2021, se publica en el Boletín Oficial de Argentina, la Resolución General N° 4953/2021, por el cual se dispone la suspensión de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares, conforme lo siguiente:
1. Facilidad para Contribuyentes
Que, con anterioridad, se había suspendido la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para los sujetos que revistan la condición de Micro o Pequeñas Empresas inscriptas en el “Registro de Empresas MiPyMES” y/o desarrollen como actividad principal alguna de las actividades económicas afectadas en forma crítica, de acuerdo con las recomendaciones emanadas del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción adoptadas por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
2. Suspensión de Iniciación de Juicios de Ejecución Fiscal
Se dispone la extensión hasta el 31 de mayo de 2021 de la suspensión de la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, establecida por el artículo 1° de la Resolución General N° 4.936.
3. Suspensión de Traba de Embargos sobre Fondos
Se dispone la extensión hasta el 31 de mayo de 2021 de la suspensión de la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, así como la intervención judicial de caja, con los alcances previstos en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.936.
4. Entrada en Vigencia
La norma rige desde el 30 de marzo del 2021.
Fuente: Boletín Oficial 30/03/21