Suspenden plazos y términos de procedimientos tributarios

12 de marzo de 2021

El Servicio de Rentas Internas, publicó la Resolución N° NAC-DGERCGC21-00000014, por el cual se dispone lo siguiente:

1. Suspensión de Plazos

En observancia a las garantías constitucionales del debido proceso y el derecho a la defensa; y, al amparo de lo dispuesto en el artículo innumerado a continuación del artículo 86 del Código Tributario, se suspenden durante este 11 de marzo de 2021, los plazos y términos de todos los procedimientos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de la acción de cobro, cuya atención, trámite y/o ejercicio corresponda a las unidades administrativas del Servicio de Rentas Internas ubicadas en la provincia de Chimborazo.

2. Exclusión de Suspensión

La suspensión no comprende a los plazos de declaraciones y anexos, previstos en los distintos cuerpos normativos de carácter tributario, en razón de que no se ha verificado menoscabo o afectación alguna a los sistemas informáticos habilitados para el efecto.

3. Base Legal

De acuerdo al artículo innumerado a continuación del artículo 86 del Código Tributario indica que los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios, así como los plazos de prescripción de la acción de cobro, que se encuentren discurriendo al momento de producirse un hecho de fuerza mayor o caso fortuito, que impida su despacho, se suspenderán hasta que se superen las causas que lo provocaron, momento desde el cual se continuará su cómputo.

4. Entrada en Vigencia

La norma rige desde el 11 de marzo del 2021.

Fuente: Biblioteca Portlet 12/03/21

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