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Sunat incorporará este año a 210 empresas más para que declaren sobre precios de transferencia

La Sunat podría recaudar hasta 1.000 millones de soles más que el año pasado con fiscalización de Precios de Tranferencia. Conoce las fechas para poder reportar las operaciones.

El monto de ingresos que se recaudaría en Perú al cierre del ejercicio fiscal 2019 por la aplicación de la fiscalización de precios de transferencia serían de más de 1.000 millones de soles más que en el año fiscal 2018, según estimó Vargas  Alencastre, CEO de TPC Group.

Indicó que durante el ejercicio fiscal 2018, las empresas que presentaron Reporte Local fueron del orden de 3 mil 400, el Reporte Maestro fueron 780 y el Reporte País por País, de 140 empresas. Así, en total se recaudó más de 600 millones de soles el año pasado.

Pero para este año, el especialista prevé que el monto de la recaudación tributaria se incremente en 1.000 millones. Explicó que el monto se justifica porque la Sunat espera que existan en total un incremento de 210 empresas que declaren sus operaciones, no solamente con sus parte Vinculadas y con operaciones con empresas ubicadas en países de baja o nula imposición tributaria, sino también aquellas empresas peruanas que hayan tenido operaciones con países no cooperantes.

“Recientemente, se conoció detalles de la campaña de fiscalización que tendría la Sunat próximamente, y ello implicaría incorporar a este nuevo plan de auditoría a un número importante de empresas medianas  que están obligadas a declarar estos Reportes. Esto sería a través del cruce de información presentada en estos nuevos formularios electrónicos, por lo que se advierte que esta será una nueva etapa de fiscalización intensa”, explicó el ejecutivo.

Fechas de declaración

Vargas Alencastre recordó que la obligación de presentar estas Declaraciones Informativas de Precios de Transferencia sería del 14 al 24 de junio, fecha límite para declarar el Reporte Local F-3560, y del 15 al 22 de octubre estaría dándose la fecha límite para presentar el Reporte Maestro F-3561 y el Reporte País por País F-3562.

En ese sentido, informó que las empresas que hayan superado en el 2018 el monto de ventas totales de 9 millones 545 mil soles y que hayan tenido transacciones con sus partes Vinculadas y Paraísos fiscales  superiores en el orden de 415 mil soles y 1 millón 660 mil soles están obligadas a presentar el Reporte Local  Tramo I y Tramo II respectivamente, siendo el Tramo II el más complejo y detallado.

“Con la nueva reglamentación de precios de transferencia, aquellas empresas que no alcancen a los montos arriba señalados se les recomienda que realicen un ERM- Estudio de Rango de Mercado, por las transacciones entre sus partes Relacionadas, a fin de que puedan sustentar el valor de mercado”, recomendó el experto tributarista.

La multa por la omisión de declarar el Reporte Local dentro de los plazos establecidos es del 0,6 % de los ingresos netos de la empresa, hasta un tope máximo de 103 mil 750 soles.

Este artículo fue originalmente publicado en La República

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