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Prórroga de pago automático Declaraciones de Transparencia y amnistía fiscal

DGII informó sobre prórroga de solicitudes de transparencia, revalorización patrimonial y amnistía fiscal.

Con fecha 12 de julio del 2021, la Dirección General de Impuestos Internos publicó un Aviso sobre la prórroga de pago automático Declaraciones de Transparencia, Revalorización Patrimonial y Amnistía Fiscal en virtud de la Ley N° 46-20, reintroducida por la Ley N° 07-21.

1. Antecedente normativo

La Ley de Transparencia y Revalorización Patrimonial No. 46-20 establece un régimen tributario especial y transitorio, consistente en una tasa única del 2% sobre el valor total del incremento de los bienes declarados o revalorizados por ante la DGII. La Ley de Transparencia también da facilidades para el pago de deudas tributarias.

2. Prórroga de solicitudes

La Dirección General de Impuestos Internos(DGII), informó a todos los contribuyentes alcanzados por el Régimen Especial Tributario instaurado en la Ley Núm. 46-20 y sus modificaciones, reintroducida por la Ley Núm. 07-21, que hasta la fecha tienen solicitudes de transparencia, revalorización patrimonial y amnistía pendientes de aprobación; que las autorizaciones de pago de estas solicitudes serán prorrogadas de manera automática hasta el 11/10/2021.

3. Inaplicabilidad de la prórroga

La prórroga automática no aplica para las solicitudes de transparencia, revalorización patrimonial y amnistía que han sido aprobadas antes del 05/07/2021, cuya fecha límite de pago es el 13/07/2021; ni para los acuerdos de pagos de las facilidades por deudas ordinarias, autoliquidaciones y/o rectificativas voluntarias cuya última cuota vence el 13/07/2021. 

4. Plazo para facilidades de pago

Los contribuyentes que hayan realizado solicitudes de facilidades de pagos por deudas determinadas y por deudas ordinarias, autoliquidaciones y/o rectificativas voluntarias, que hasta la fecha estén pendientes de aprobación, tendrán treinta (30) días para realizar el pago contados a partir de la fecha de aprobación de su solicitud.

Fuente: Dirección General de Impuestos Internos 13/07/21

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