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Actualizan términos del uso de la Oficina Virtual para contribuyentes

La DGII actualiza los términos para el uso de la oficina virtual para contribuyentes, responsables y terceros mandatarios.

Con fecha 09 de febrero del presente, la Dirección General de Impuestos Internos, emitió un Aviso sobre Actualización de los términos de uso de la oficina virtual (OFV). Veamos qué contiene: 

1. Acceso a la oficina virtual

LA DGII otorgará accesos para el uso obligatorio en base a criterios sobre acceso al Internet, uso de herramientas tecnológicas, tamaño y tipo del contribuyente, régimen impositivo, cantidad de operaciones y actividad económica.  

Los servicios de LA OFV permitidos al CONTRIBUYENTE dependerán de la actividad comercial, industrial o servicios que este ofrezca y el tipo de contribuyente.  

Entre las operaciones que se brindan a través de LA OFV están: Declaraciones de Impuestos, Consultas de Declaraciones, Consultas de Pagos, Consultas de Cuenta Corriente, Solicitudes de Comprobantes, Solicitudes de Reembolsos, Solicitudes de Claves, Inscripción al RNC, Envío de Datos, Solicitud de Primera Placa, Endosos, Placas Provisionales, generación de certificaciones, entre otras.

2. Medios de prueba

Para todas las transacciones que LOS CONTRIBUYENTES, RESPONSABLES Y TERCEROS MANDATARIOS realicen por vía electrónica, LA DGII queda expresamente autorizada para considerarlas como medios de prueba de acuerdo con las disposiciones legales que rigen dicha transacción sin importar el medio.  

Las transacciones, solicitudes, recepción de documentos y mensajes ejecutados a través de la vía electrónica serán definitivas, no pudiendo LOS CONTRIBUYENTES, RESPONSABLES Y TERCEROS MANDATARIOS alegar desconocimiento de estas, ni intentar posteriormente reclamación alguna sobre ellas. Todos los datos de los mensajes y documentos digitales y transacciones recibidas podrán ser grabadas y archivadas electrónicamente.  

3. Obligaciones y responsabilidades de la DGII

LA DGII acuerda hacer esfuerzos razonables para asegurar el correcto funcionamiento de sus servicios electrónicos. LA DGII y sus demás oficinas ejecutarán las instrucciones de LOS CONTRIBUYENTES, RESPONSABLES Y TERCEROS MANDATARIOS en las formas requeridas por estos, siempre que tales instrucciones sean ejecutables a juicio de LA DGII.  

LOS CONTRIBUYENTES, RESPONSABLES Y TERCEROS MANDATARIOS reconocen que el sistema de servicios de LA DGII por vía electrónica, a través de LA OFV, permite exportar datos e informaciones a otros equipos.  

4. Deber de confidencialidad

LA DGII protegerá la confidencialidad de la información suministrada electrónicamente por LOS CONTRIBUYENTES, RESPONSABLES Y TERCEROS MANDATARIOS, a menos que deba ser divulgada en cumplimiento de una obligación legal o fundamentada en una orden de la autoridad administrativa o judicial competente. 

5. Obligación de los contribuyentes

LOS CONTRIBUYENTES, RESPONSABLES Y TERCEROS MANDATARIOS están en la obligación de conocer las instrucciones y las recomendaciones de seguridad dictadas por LA DGII. Estos reconocen que el nivel de fiabilidad y de seguridad de las mismas y normas de LA DGII es satisfactorio, y se comprometen a respetar fielmente esas instrucciones y normas de seguridad. Además, son totalmente responsables de todo uso indebido que no pueda ser imputado a LA DGII de los mecanismos de autenticación de ingreso de la prestación del servicio. 

6. Reclamación sobre errores en transacciones

Si LOS CONTRIBUYENTES, RESPONSABLES Y TERCEROS MANDATARIOS consideran que ha habido algún error en una transacción, es su obligación contactar a LA DGII lo antes posible a través de los medios indicados los Términos de Uso.  

Fuente: Dirección General de Impuestos Internos 09/02/22

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